Inició proceso para otorgar categoría especial a extranjeros

A cubano, venezolanos y nicaragüenses

Costa Rica inició un proceso especial para otorgar categoría especial temporal a ciudadanos de Cuba, Venezuela y Nicaragua.

 La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica ha anunciado el inicio del proceso de atención para la solicitud de la Categoría Especial Temporal a los ciudadanos de Cuba, Venezuela y Nicaragua.

Extranjero
Foto: Migración y Extranjería.

¿Qué beneficios tendrán los extranjeros?

Esta categoría especial permitirá a las personas trabajar en cualquier actividad laboral remunerada por cuenta propia o con patrono, así como salir del país en el momento que así lo requiera, con una vigencia de dos años, renovable.

Para optar por esta categoría, las personas de Cuba, Venezuela y Nicaragua requerirán:

  1. Haber realizado una solicitud para el reconocimiento de refugio después del 1 de enero del 2010 y hasta el 30 de setiembre del 2022.
  2. Haber residido en el país desde el momento en que se formuló la solicitud de refugio y hasta la fecha en que presente su solicitud para la categoría especial.
  3. Asimismo, que la solicitud de refugio se encuentre pendiente o haya sido denegada a la fecha de entrada del Decreto y que no cuente con ninguna otra categoría migratoria aprobada.

El día de la cita

Los interesados deberán presentar:

  1. Formulario de filiación y solicitud.
  2. Certificado de nacimiento (legalizado o apostillado).
  3. Fotocopia de la 1era página del pasaporte o cédula del país de origen.
  4. Comprobante de la huella digital y especies fiscales (¢125+¢2,50 por cada folio).
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Cabe destacar que el pago que se menciona debe haber sido realizado previamente al día de la cita en la cuenta #242476-2 del Banco de Costa Rica.

El proceso de recepción de documentación para optar por esta categoría especial se inició el pasado 17 de abril y las citas se pueden sacar a través del Call Center del 1311 o puede solicitar mayor información dando

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Redacción

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