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TSE acoge recurso contra Presidente Chaves y Ministro Zamora

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) resolvió dos recursos de amparo vinculados con el proceso electoral, uno relacionado con la difusión de un video  en el Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART) y otro por manifestaciones del Presidente de la República, Rodrigo Chaves, y la difusión de contenido en redes oficiales del Estado.

Amparo contra el Presidente fue declarado con lugar

En una segunda resolución, la n.° 9145-E1-2025, del 18 de diciembre, el TSE declaró con lugar el recurso de amparo presentado por Angie Cruickshank Lambert, defensora de los Habitantes, contra el Presidente Rodrigo Chaves Robles y el Ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.

El recurso se fundamentó en manifestaciones realizadas por el mandatario durante la conferencia de prensa del 1.º de octubre, así como en la difusión, el 2 de octubre, de una imagen del Presidente en las redes sociales de varios ministerios, incluido el de Seguridad Pública.

La imagen mostraba el rostro del mandatario sobre un fondo multicolor, con un recuadro negro en la boca y la frase “Cayó la mordaza”.

Para el TSE estas actuaciones violentaron el derecho de acceso a información pública veraz, objetiva y neutral, así como el principio democrático y la institucionalidad electoral, al distorsionar información en pleno proceso electoral.

Según el fallo, la conducta del Presidente constituyó un irrespeto al principio democrático y a la función electoral, con una afectación indirecta a la libertad del sufragio, al incidir en las garantías que sostienen el sistema democrático.

Asimismo, el Tribunal consideró que la difusión de la imagen en las redes del Ministerio de Seguridad Pública generó confusión y alerta sobre el deber constitucional de colaboración e imparcialidad de las fuerzas policiales durante el proceso electoral, lo cual contraviene los principios de libertad, orden, pureza e imparcialidad del sufragio, así como la regla constitucional que establece el mando compartido de la Fuerza Pública con el TSE en época electoral.

TSE rechaza amparo contra SINART 

Mediante la resolución n.° 9017-E1-2025, del 17 de diciembre, el TSE declaró sin lugar el recurso de amparo interpuesto por Sergio Castro González contra Hellen Zúñiga Brenes, directora de Informativos del SINART, y Esmirna Sánchez Salmerón, presidenta ejecutiva de esa institución, por la difusión de un video de carácter propagandístico de la candidata Laura Fernández Delgado.

El Tribunal determinó que el recurrente no logró acreditar de qué forma dicha difusión lesionó sus derechos fundamentales de carácter político-electoral, razón por la cual rechazó el amparo.

No obstante, el TSE advirtió expresamente que el contenido difundido sí tenía carácter propagandístico, que no correspondía a un abordaje informativo y que no se ajustó a la línea editorial sostenida por el medio en esos días, ya que, aunque se informó sobre otros partidos políticos, en ningún otro caso se difundió un spot publicitario.

Ante esta situación, el Tribunal señaló que la actuación podría implicar una eventual violación a la prohibición de participación política establecida en la Ley del SINART, así como a los artículos 142 y 146 del Código Electoral, que regulan la imparcialidad y la prohibición de propaganda política desde instituciones públicas.

El TSE recordó que corresponde a la Auditoría Interna del SINART valorar el cumplimiento de dichas prohibiciones, mientras que el Tribunal solo actúa ante denuncia formal en materia electoral.

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