Sala Constitucional ordena a Justicia utilizar espacios disponibles en cárcel de San Sebastián

Como medida temporal para reducir hacinamiento en celdas del OIJ

La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Justicia y Paz utilizar los espacios disponibles en el Centro de Atención Institucional San José (CAI San José) para ubicar a la población penitenciaria, esto como una medida extraordinaria y temporal ante la dramática situación que se vive por el hacinamiento en las celdas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

Así lo dictó el Tribunal en sesión extraordinaria este lunes 4 de octubre por medio de la sentencia N° 2021-022207 que resolvió un recurso de habeas corpus presentado por el director del OIJ, Walter Espinoza, a favor de un grupo de privados de libertad cuyos derechos fundamentales se vieron vulnerados a causa de la crisis carcelaria.

Según se desprende de la parte dispositiva del fallo, las autoridades de Justicia, de forma inmediata, deben iniciar el traslado de todas las personas privadas de libertad en celdas del OIJ en situación contraria a la jurisprudencia de la Sala (que sobrepasen las 72 horas de permanencia) a algún centro penal, incluyendo el CAI San José, conocido como cárcel de San Sebastián.

Al proceder con dicha disposición, Justicia deberá acatar los siguientes parámetros mínimos:

1.- Coordinar con el Ministerio de Salud para que el derecho a la salud le sea resguardado a las personas privadas de libertad.

2.- La personas privadas de libertad solo podrán ser ubicadas en lugares destinados a su alojamiento, mas no en las áreas comunes.

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3.- Respetar las “Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos” y la normativa referida a los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, entre ellas limitar el hacinamiento en las cárceles y garantizar la separación de personas según su situación jurídica, edad y género.

4.- Dictar las medidas para que el centro penitenciario conocido como Terrazas entre en funcionamiento en un plazo de dos meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia.

El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, detalló que esta solución extraordinaria dictada por el Tribunal procede mientras se mantenga la crisis carcelaria en las celdas de tránsito del OIJ, en las cuales hay más de 300 personas en condiciones “infrahumanas”, según manifestó el director de ese órgano.

“La Sala Constitucional entiende que se está ante una situación extraordinaria, que demanda de este Tribunal una medida extraordinaria que garantice a los privados de libertad su dignidad humana, y a la sociedad costarricense la seguridad ciudadana con criterios de eficacia y eficiencia, todo dentro de un marco de un Estado social y democrático de Derecho”, manifestó Castillo.

La Magistrada Garro Vargas salvó parcialmente el voto al considerar que no procede habilitar en este proceso de habeas corpus unos espacios convivenciales que están siendo objeto de análisis por parte del Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, quien se pronunciará, según se ha informado, el próximo 6 de octubre.

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La Magistrada Garro Vargas por razones diferentes declaró con lugar el recurso, respecto de la ubicación de los privados de libertad aquí amparados, y ordena a la Ministra de Justicia que para reubicarlos de forma inmediata valore y autorice otros espacios carcelarios disponibles como, por ejemplo, los Centros de Atención Semi Institucional.

La permanencia en estos Centros será por un plazo máximo de dos meses mientras se toman las medidas administrativas que correspondan para se ponga en funcionamiento el Centro Penitenciario Institucional Terrazas, tal como por unanimidad la Sala ordenó. Es decir, respecto de la urgente habilitación de este Centro Penitenciario coincide con el pleno.  Fuente Prensa Sala Constitucional

Redacción

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