Nuevo reglamento ordena la cría de perros y gatos
El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) regula criaderos de perros y gatos para proteger la salud mediante un nuevo reglamento que establece requisitos sanitarios y de bienestar animal para esta actividad. La medida busca reducir la reproducción sin control, el abandono de mascotas y los riesgos para la salud pública y las familias consumidoras.
Esta normativa define reglas claras para una actividad que ya existe en el país, con el fin de promover el bienestar animal, fortalecer los controles sanitarios y reducir riesgos para la salud pública.
Nuevo reglamento ordena la cría de perros y gatos
La proliferación de criaderos clandestinos, la baja práctica de castración, las ventas informales y los nacimientos sin control han contribuido al aumento de la sobrepoblación de perros y gatos, lo que se traduce en más animales abandonados o en condición de calle. Ante esta realidad, el nuevo reglamento busca ordenar la actividad, prevenir el maltrato animal y disminuir los riesgos asociados a la reproducción y comercialización sin controles adecuados.

“Este reglamento establece condiciones básicas y necesarias para garantizar mejores prácticas en los establecimientos dedicados a la crianza y comercialización de perros y gatos. Su aplicación permitirá un manejo más responsable, en beneficio del bienestar animal y de la salud pública”, señaló Víctor Julio Carvajal, ministro de Agricultura y Ganadería.
Por su parte, el director general del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), Luis Matamoros, indicó que la normativa facilitará las labores de control en el campo. “El decreto define requisitos claros y verificables, lo que permitirá una fiscalización más efectiva y una mejor atención de los riesgos asociados a la reproducción irresponsable y a la venta informal”, explicó.
Puntos clave del nuevo reglamento
- Certificado Veterinario de Operación (CVO) obligatorio
- Supervisión veterinaria permanente
- Reproducción responsable
- Condiciones mínimas obligatorias para los establecimientos
- Regulación de la cría y comercialización
- Prohibiciones específicas
SENASA podrá aplicar medidas sanitarias, ordenar correcciones, suspender actividades o, cuando exista riesgo para el bienestar animal, decomisar animales. En estos casos, los propietarios deberán asumir los costos asociados a su atención, alimentación, cuidado veterinario y manejo.

El decreto no promueve la compra de animales. Su objetivo es regular una actividad existente que, sin control, genera sobreproducción, informalidad y riesgos sanitarios.
La normativa eleva los estándares de bienestar animal, diferencia a los criadores responsables de los clandestinos y fortalece la protección tanto de los animales como de las familias consumidoras.





