Vendedores de vehículos eléctricos con ganancias entre el 37% y el 109%
MEIC analizó los márgenes brutos de comercialización
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), analizó los márgenes brutos de comercialización de algunas marcas de vehículos eléctricos comercializadas en el mercado nacional, con el fin brindarle esta información al consumidor.
Vendedores de vehiculos eléctricos con ganancias entre el 37% y el 109%
El ejercicio realizado consistió en calcular el precio de internamiento para siete vehículos de marcas diferentes. Ese costo contempla rubros como: 1. Costo de las mercancías; 2. Costo del seguro internacional; y 3. Costo del flete internacional hasta el puerto de destino. Además, deben considerarse los impuestos correspondientes.
Luego de ello, el MEIC procedió a comparar dicho precio con el precio ofrecido en el mercado interno al consumidor final, dando como resultado el margen bruto de comercialización.
Para el cálculo del precio de internamiento, se utilizó como base la información estadística de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, mientras que para obtener el precio al consumidor se visitaron agencias, obteniéndose la información en dicha visita, o mediante la información publicitada por la agencia en su sitio Web.
El estudio consideró datos del mes de noviembre de 2022; obteniendo los siguientes resultados:
El cuadro anterior muestra los márgenes brutos de comercialización obtenidos en el análisis, tras el cual se puede observar que, en promedio para los siete vehículos analizados, el margen bruto de comercialización fue de $24 520.13, es decir un 62,6%.
La mayor diferencia encontrada fue de $46 710.45, mientras que la menor correspondió a $11 969.24, equivalente a un 108,8% y 37,5%, respectivamente.
Es importante señalar que la importación de vehículos eléctricos cuenta con incentivos fiscales temporales, con el objetivo de impulsar el uso del transporte eléctrico en el país y cumplir con compromisos adquiridos en convenios internacionales para promover un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
En este sentido, el artículo 9 de la Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico, N° 9518, modificado por la Ley de Incentivos al Transporte verde, N° 10209 del 5 de mayo de 2022, exonera temporalmente la importación de vehículos eléctricos de los impuestos del valor agregado (IVA), selectivo de consumo y sobre el valor aduanero, a partir de mayo del 2022 y hasta el año 2035, de la forma que se indica:
- Impuesto sobre el valor agregado (IVA): A partir de mayo de 2022, está exonerado en un 100%; durante el primer período fiscal, siguiente a la publicación de esta ley (2023), estarán gravados con una tarifa de un 1% de este impuesto, aumentando un punto porcentual por período fiscal hasta alcanzar la tarifa general del 13% prevista en la Ley 9635, Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.
- Impuestos selectivos de consumo y sobre el valor aduanero: Durante 36 meses (primeros tres años) estarán exentos de la tarifa vigente; luego tendrán una tarifa exonerada en un 75% durante 36 meses; otros 36 meses con exoneración del 50% y otros 36 meses con tarifa del 25%; y finalmente, a partir de los 12 años pagará el impuesto de consumo y sobre el valor aduanero que corresponda (en la actualidad 30% para vehículos eléctricos nuevos).
El análisis fue realizado de manera conjunta por las direcciones de Defensa Comercial (DDC) y la de Investigaciones Económicas y de Mercados (DIEM), ambas del MEIC.