Trabajadoras interinas de la CCSS tienen derecho a licencias por maternidad y lactancia

Así lo confirma la Sala Constitucional tras acciones de interpuestas del SINAE y Afines

En el marco del Día Internacional de la Mujer el Sindicato Nacional de Enfermería y Afines (SINAE AFINES) dio a conocer dos fallos de la Sala Constitucional, del 27 de enero, y 10 de febrero del 2023, los cuales confirman que las trabajadoras interinas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tienen derecho a disfrutar la licencia de maternidad y lactancia estipulada en el Artículo 42 del Reglamento de Salud.

Trabajadoras interinas de la CCSS tienen derecho a licencias por maternidad y lactancia

Las acciones fueron interpuestas por SINAE AFINES, el 7 de noviembre, y 8 de diciembre del 2022, a favor de dos Auxiliares de Enfermería del Hospital La Anexión en Nicoya, Guanacaste y fueron declaradas con lugar el 27 de enero y febrero del 2023 respectivamente.

Para Lenin Hernández Navas, Secretario General de SINAE AFINES, la aplicación que hacen los funcionarios de Recursos Humanos del Artículo 42 del Reglamento de Salud, es a todas luces, contrario a los derechos constitucionales que protegen la familia, la madre y el menor de edad.

Por lo anterior, solicitaron a la Junta Directiva de la CCSS aplicar la licencia de maternidad en igualdad de condiciones para las trabajadoras interinas de la institución en concordancia con los últimos votos de la Sala Constitucional que indica: “Resulta improcedente que la autoridad accionada le niegue el pago de la licencia de maternidad, por no encontrarse activa, al momento en que se le otorgó en consecuencia, procede estimar el amparo, en los términos que se dictarán en la parte dispositiva de este pronunciamiento”, subraya la resolución No.2023001837 del 27 de enero.

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Por otra parte, la resolución No. 2023003022, del 10 de febrero pasado, indica que: “La legislación vigente en materia de licencia por lactancia es clara, en el sentido de no establecer diferencia alguna, entre funcionarias, en propiedad o interinas, que haga suponer una limitación para estas últimas; lo cual conlleva a que la interpretación de la norma no puede ser restrictiva. Por tanto, la Institución mantendrá la relación laboral, y en ninguna circunstancia, se deben tomar medidas que afecten los intereses legítimos o derechos de las trabajadoras”, manifiesta la resolución de los magistrados.

La nota enviada, este lunes 6 de marzo, a la Junta Directiva de la CCSS solicita la modificación del Artículo 42 del Reglamento del Seguro de Salud para cumplir con el principio de las jerarquías de las normas la cual supone, que una norma de fuente inferior, (reglamento), no puede modificar, ni sustituir a la de las fuentes superior, en este caso la Constitución Política y que debe concordar con los Artículos 51, 74 que protegen a la familia, la madre y el menor; protección que es reiterada en los Artículos 1,25 y 27 de la Convención de los Derechos del niño y la niña, indicó el representante sindical de SINAE AFINES.

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Otras de las solicitudes que se hacen, a los directivos de la institución, es que instruya a todas las jefaturas respetar la continuidad y los efectos del nombramiento de las funcionarias que se encuentran en disfrute de su licencia de maternidad o lactancia.  Fuente: SINAE/PRENSA

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