Sugeval ordena a Transcomer la inscripción de sus productos al determinar que son valores de oferta pública
Conassif rechazó recurso de apelación interpuesto por la empresa.
La Superintendencia General de Valores (Sugeval) ordenó a Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A., presentar la solicitud para la autorización de oferta pública y la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI) de los productos MACAB (ingreso, capitalizable, empresarial y vencimiento), así como de cualquier otro producto similar ofrecido por dicha empresa.
Sugeval ordena a Transcomer inscripción de sus productos
Lo anterior conforme con lo dispuesto en la Ley Reguladora del Mercado de Valores (LRMV), el Acuerdo Sugeval 7-06 Reglamento sobre Oferta Pública de Valores y el Acuerdo Sugeval 18-16 Reglamento de Intermediación y Actividades Complementarias.
La Sugeval determinó que Transcomer ofrece productos que reúnen las características de un valor definido en la LRMV como “todo derecho de naturaleza patrimonial susceptible de ser transado en el mercado de valores, que tenga por objeto o efecto obtener recursos del público”.

La orden fue emitida inicialmente por la Sugeval el 19 de marzo de 2024, no obstante, Transcomer presentó un recurso de apelación en subsidio en abril del mismo año, el cual fue rechazado por la superintendencia en mayo, y elevado al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), quien dispuso en firme y por unanimidad, declararlo sin lugar el pasado 28 de noviembre.
El 2 de diciembre anterior, Transcomer remitió al Conassif una solicitud de adición y aclaración, la cual el Consejo declaró inadmisible el 20 de diciembre, por lo que la empresa tiene dos meses de plazo para acatar lo ordenado por la Sugeval, es decir hasta el 24 de febrero del 2025.
Según el superintendente general de valores, Tomás Soley Pérez, “dentro de las labores de supervisión de la Sugeval, se encuentra la potestad de establecer los criterios conforme a los cuales se precise si una oferta de valores es pública o privada y velar por que sólo puedan realizar oferta pública los sujetos autorizados, ante lo cual Transcomer tiene la oportunidad de regularizarse para cumplir lo establecido en la normativa”.
Finalmente, aclara que Transcomer realiza operaciones en la Bolsa de Comercio, S.A. (Bolcomer), la cual se encuentra bajo la vigilancia del Banco Central de Costa Rica (BCCR), de conformidad con el Código de Comercio y con el Reglamento Operativo y de Funcionamiento de Bolcomer.
Este último indica en su artículo 5, inciso f), que “no serán bienes negociables en Bolcomer aquellos que estén prohibidos por las leyes o reservados a las bolsas de valores, de conformidad con la Ley Reguladora del Mercado de Valores y en el Reglamento de Oferta Pública de Valores”.
