Sanciones: Los locales de las semifinales sancionados por objetos prohibidos
Las sanciones de las semifinales llegaron y los equipos locales son los perjudicados. El ambiente de los estadios es mágico, pero algunos objetos están prohibidos y a pesar de que se ven muy bonitos, no están autorizados.
Sanciones: Los locales de las semifinales sancionados por objetos prohibidos
Estas son las sanciones impuestas por el Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol luego de los encuentros de ida de las semifinales del fútbol de Primera División:
Sanciones a la Liga Deportiva Alajuelense
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 71 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por primera ocasión en la temporada se da el lanzamiento de objetos no peligrosos que no contactan a ninguna persona en el terreno de juego.
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo y bengalas) al estadio por parte de la afición por primera ocasión en la temporada.
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 54 inciso 4 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que no cumplió con el compromiso de un patrocinador de la UNAFUT (uso de balones con lazo rosa).
-Exonerar de sanción a la Liga Deportiva Alajuelense -como club organizador- de conformidad con lo establecido en el artículo 73 último párrafo del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, en virtud que la invasión no alteró el desarrollo del encuentro y fue rápidamente controlada por la seguridad privada evitando una situación de peligro.
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Sanciones al Puntarenas FC
-Sancionar al club con una multa de doscientos mil colones, de conformidad con el artículo 72 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por tercera ocasión en la temporada se da el lanzamiento de objetos no peligrosos.
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 72 inciso 2 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, porque por primera ocasión en la temporada se da el lanzamiento de objetos peligrosos que no contactaron a ninguna persona dentro del terreno de juego.
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso j) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por el ingreso de objetos no permitidos (rollos de papel).
-Sancionar al club con una multa de 100.000°° colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso d) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por permitir el ingreso de una pancarta con material ofensivo.
-Sancionar a Puntarenas FC con una multa de 150.000°° colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por segunda ocasión en la temporada se da el ingreso de objetos no permitidos (bengalas) al estadio por parte de la afición por primera ocasión en la temporada.
