Sanciones del partido de Ida de la Gran Final. Sanción millonaria al Saprissa.

El Recurso de revocatoria del Saprissa con la sanción a Aarón Cruz fue rechazado, al igual que el Recurso de apelación

Las sanciones del partido de Ida de la Gran Final del Torneo de Apertura 2022 han llegado. El Deportivo Saprissa ha sido el «más perjudicado» luego del partido en el estadio Ricardo Saprissa Aymá y tendrá que pagar una cuenta millonaria luego del encuentro.

Sanciones del partido de Ida de la Gran Final. Sanción millonaria al Saprissa

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (FCRF) dio a conocer las multas y sanciones que se tomaron tras disputarse el primer juego por la gran final del Campeonato Nacional de la Primera División Apertura 2022.

Sanciones al Deportivo Saprissa:

-Sancionar al club con una multa de 200.000°° colones, de conformidad con el artículo 72 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por tercera ocasión en la temporada se da el lanzamiento de objetos no peligrosos por parte de la afición al terreno de juego.

-Sancionar al club con una multa de 300.000°° colones, de conformidad con el artículo 72 inciso 2 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por el lanzamiento de objetos peligrosos que no contactaron a ninguna de las personas en el terreno de juego por segunda ocasión en la temporada.

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-Sancionar al club con una multa de 400.000°° colones, de conformidad con el artículo 54 inciso 9 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por tercera ocasión en la temporada no se destacan las zonas amarillas en las graderías, la multa se aumenta al doble de lo establecido por estarse disputando los partidos de fase final.

-Sancionar al club con una multa de 200.000°° colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso c) del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo) al estadio por parte de la afición por segunda ocasión en la temporada.

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Sanciones al Club Sport Herediano:

-Sancionar al club con una multa de 200.000°° colones, de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.

Otro:

El Recurso de revocatoria del Saprissa fue rechazado, al igual que el Recurso de apelación, ya que no se ajustaba a los supuestos regulados en los artículos 89 y 90 del Reglamento Disciplinario. Esta es la resolución:

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Rechazar el Recurso de Revocatoria por no ajustarse a los presupuestos establecidos en el artículo 89 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que la sanción interpuesta al señor Aarón Cruz Esquivel corresponde con los hechos contenidos en el informe arbitral. Además, la sanción impuesta al guardameta del Deportivo Saprissa se fundamenta en las normas reglamentarias correspondientes a lo consignado en el informe arbitral.

En cuanto al recurso de apelación, el mismo se rechaza ad portas por no ajustarse a lo normado en los artículo 89 y 90 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División. Este Tribunal reitera que los supuestos para recurrir las decisiones tomadas son taxativos e insta a utilizar los procesos de investigación para que los actos sean valorados por el Tribunal previo a la toma de una decisión.

Sanciones de la Final: Aarón Cruz del Saprissa es el más afectado
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