Sala IV rechaza ilegalidad de pedir vacunación a empleados públicos
Tendrán que tener carnet de vacunación
La Sala IV declaró sin lugar dos recursos de amparo alrededor del tema de obligatoriedad de la vacunación para los empleados públicos.
Sala IV dice
Dos recursos intentaron frenar la aplicación de la medida:
Descriptor: SALUD. VACUNACIÓN OBLIGATORIA Expediente: 21-024549-0007-CO Sentencia: 28008-21 de 15 de diciembre de 2021 Tipo de asunto: Acción de inconstitucionalidad Norma impugnada: Decretos Ejecutivos 42889-S. Reforma al Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación y 43249-S y los artículos 2, 3 y 6 inciso a) de la Ley No. 8111. Ley Nacional de Vacunación. Parte dispositiva: Se rechaza de plano la acción. |
26615-21. SE CUESTIONA LA VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA EL COVID-19, EN EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD. SE DECLARA SIN LUGAR. https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/sen-1-0007-1063440 |
A criterio de los Magistrados, los recurrentes no tenían razón y apuntaron en uno de los casos:
«Si el recurrente estima que la autoridad recurrida está haciendo un mal uso de sus datos personales, o que el registro adolece de medidas de seguridad, o bien que actúa en contravención de las reglas o principios de la autodeterminación informativa, es un asunto que deberá ser alegado ante la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB, lo cual no consta que lo haya efectuado a la fecha», lo cual deja claro que la Sala Constitucional considera necesario primero recurrir a un órgano administrativo.
Eso sí advirtió en su sentencia: «Se le recuerda a la autoridad recurrida guardar su deber de confidencialidad así como también la obligación de establecer mecanismos de seguridad adecuados acordes con el desarrollo tecnológico con el fin de resguardar dicha información y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta los riesgos a que están expuestos, ya sea que provengan de la acción humana o del medio físico o natural. De manera, que los datos del recurrente relacionados con el esquema de vacunación deberán ser debidamente custodiados y se deberá garantizar el manejo cuidadoso en su tratamiento, así como el responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del proceso de recolección y tratamiento, están obligados a guardar el secreto profesional».