Restricción Vehicular y sus cambios a partir del Lunes 8 de febrero

Este viernes, el Gobierno de la República anunció que la restricción vehicular sanitaria de placas entre semana regirá solo en el casco central de San José, a partir del lunes 8 de febrero. En el resto del país, de lunes a viernes, podrán circular todas las placas.

  • Restricción vehicular diurna:

Esta funcionará por número de placas, únicamente, en las zonas y áreas en las que ya se contaba con restricción vehicular previo a la pandemia del COVID-19 (casco de San José).

Es decir, el anillo comprende el área conformada por el Bulevar de Circunvalación (Ruta Nacional N° 39); la Radial La Uruca (Ruta Nacional Nº 108) y la Carretera La Uruca-Calle Blancos (Ruta Nacional Nº 100), incluyendo las rutas nacionales antes mencionadas y las rutas provenientes de estos sectores hacia el centro de San José y viceversa e, inclusive, la totalidad del área comprendida dentro de la delimitación territorial que se origina como resultado de la demarcación que establecen las rutas nacionales números 39, 100 y 108 antes descritas, ligadas entre sí. No podrán circular las siguientes placas:

Lunes: 1 y 2

Martes: 3 y 4

Miércoles: 5 y 6

Jueves: 7 y 8

Viernes: 9 y 0

En el resto del país, de lunes a viernes podrán circular todas las placas entre 5:00 a.m. y 10:00 p.m.

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Imagen cortesía CNE
Imagen cortesía CNE
  • Restricción vehicular nocturna:

Durante toda la semana de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. continuará la restricción total, salvo lista de excepciones. (Ver lista adjunta).

Imagen cortesía CNE
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  • Fines de semana:

Se mantendrá – para todo el país – la circulación de 5:00 a.m. a 10:00 p.m. y por distribución placas pares e impares, los fines de semana no podrán circular:

Sábado: 1, 3, 5, 7 y 9

Domingo: 0, 2, 4, 6 y 8

Cabe aclarar que la lista de excepciones aplica para todo el país, incluyendo el área restringida en San José (Ver lista adjunta).

Imagen cortesía CNE
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Sobre aforo en centros de eventos:

En cuanto al aforo en salones de eventos, a partir del 15 de febrero, estas son las disposiciones:

  • Los salones de eventos para actividades empresariales o académicas tendrán una ampliación de su aforo de 150 a 300 personas.
  • Los salones de eventos para el resto de actividades, ampliarán su aforo de 30 a 75 personas.

En ambos perfiles de centros se deberán respetar las medidas de separación de asientos de 1.8 metros, burbujas sociales y lista de asistentes.

El Ministerio de Comunicación pone a disposición de la ciudadanía el sitio presidencia.go.cr/alertas para conocer las alertas en su cantón y de esta forma aplanar la curva de contagio del virus del SARS-CoV-2.  Fuente Presidencia

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