Procuraduría apeló desestimación del caso “Plan Escudo”
Que provocó desequilibrio financiero en la CCSS y fue sobreseído
La Procuraduría de la Ética apeló la desestimación del denominado “Plan Escudo” que en primera instancia ordenó el Juzgado Penal de Hacienda de San José.
Procuraduría apela desestimación del caso “Plan Escudo”
Según informó la entidad “Hoy presentó recurso de apelación contra la resolución del Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública del Segundo Circuito Judicial de San José, que ordenó el sobreseimiento definitivo a favor de los imputados en la causa N° 12-46-615-PE que investiga a funcionarios y exfuncionarios de la CCSS haber impulsado una política salarial con fundamento en datos que no responden a la realidad y que generó un desequilibrio financiero a la institución, así como la compra de títulos valores que habían generado un perjuicio económico al seguro de Invalidez Vejez y Muerte (IVM).
Con éste recurso lo que pretende es que el Tribunal Penal, como superior, ordene la ineficacia de la resolución impugnada y que ordene la devolución del expediente al Juzgado Penal de Hacienda para realizar una nueva Audiencia Preliminar”.
Dudas y más dudas
El Guardián recibió un análisis de la sentencia que cuestionaba seriamente los alcances de la misma:
“Se dicta Sobreseimiento Definitivo por 2 supuestos:
1. Las conductas son atípicas, es decir, a criterio de la jueza no se configuraron los delitos que se acusaron.
2. Prescripción de la acción penal para Jorge Chávez, Eugenio Trejos y Edgar Cabezas Solera.
*Fundamento*
1. Las pruebas que se aportan, tanto documental como testimonial no logran acreditar una conducta dolosa ***OJO, ESTO ES UN TEMA DE FONDO, PARA CONOCER EN EL JUICIO, NO EN ESA ETAPA*
Los informes y pericias no son concluyentes…OTRA VEZ, ESTO ES ANALISIS DE FONDO.
2. La Junta Directiva puede votar a favor un acuerdo sin que esto se tenga como un hecho.
3. La denuncia se fundó en meras suposiciones.
4. Los informes de Auditoría y AL dirigidos a Ileana Balmaceda para despedir al jefe actuarial Luis Guillermo López y José Luis Quesada son recomendativas y no son vinculantes…
5. Que el Ministerio Público no imputó de forma correcta las conductas y no se describió la conducta achacada y que no cumple con los requisitos de ley, ESTO ES SUBSANABLE Y NO PARECE QUE ESTÉ MAL PLANTEADA.
6. Las calificaciones legales no calzan con los hechos…ESTO ES MUY DISCUTIBLE, EL MP ACUSA HECHOS, LAS CALIFICACIONES JURIDICAS SE PUEDEN CAMBIAR INCLUSO EN JUICIO.
En resumen, valoraron aspectos del contradictorio, que no debieron ver en la AP.
Por ejemplo, la valoración de la prueba, que dice que no acredita las conductas acusadas, me parece incorrecta”.
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