Plazos de la Contraloría no coinciden con la UNA para aplicación de anualidad
Nominalización de Anualidad llegó hasta 2 años después
La Contraloría General de la República confirmó que la entrada en vigencia de la Ley 9635 tenía fecha definida, pero aún así la UNA no cumplió fechas y pasó hasta agosto del 2021 a aplicarla en lo referente a la anualidad.
UNA aplicó tarde la Ley
Ante pregunta de El Guardián a la Contraloría acerca de plazos para entrada en vigencia de la Ley 9635, la respuesta fue contundente:
«El título tercero de la Ley 9635 rige a partir de su publicación. Se publicó el 4 de diciembre de 2018. No obstante, el TRANSITORIO XXIX daba tres meses a las instituciones que cancelaban los salarios de sus servidores con una modalidad distinta de la contemplada en el artículo 52 del título III.
Por otra parte, el Transitorio XXXIII de dicha ley, dispone que para efectos de la implementación del capítulo VI, Evaluación del desempeño de los servidores públicos, contenido en el Título III, toda la Administración Pública tendrá la obligación de establecer o adaptar los sistemas de información respectivos, a fin de alinearlos con lo dispuesto en la presente ley, en un plazo de seis meses, contado a partir de la vigencia de dicho capítulo VI».
Para no quedarnos ninguna duda, El Guardián volvió a preguntar a la Contraloría sobre el asunto directamente de la Anualidad y está fue la respuesta directa:
«El título III de la Ley N°9635 referido a la modificación de la Ley de Salarios entró a regir el 4 de diciembre de 2018 (fecha de publicación en el diario oficial La Gaceta de la Ley N°9635). Concretamente sobre el tema de la anualidad, el reglamento a dicho título (Decreto N°41564) establece en su artículo 14 inciso c lo siguiente:
“El cálculo del monto nominal fijo para las anualidades que se adquieran con posterioridad al 4 de diciembre de 2018, corresponde a un 1,94% (uno coma noventa y cuatro por ciento) del salario base de las clases profesionales y de 2.54% (dos coma cincuenta y cuatro por ciento) para clases no profesionales, de manera inmediata a partir de la entrada en vigencia de la ley, sobre el salario base que corresponde para el mes de julio del año 2018, de conformidad con lo establecido en los transitorios XXV y XXXI del título tercero de la Ley N° 9635, en concordancia con la Resolución de la Dirección General del Servicio Civil DG-087-2018 de las nueve horas de 2 de julio de 2018.”
¿UNA qué hizo con la Anualidad?
La decisión del Consejo Universitario, a pesar de que la Ley establecía su aplicación en las condiciones del 2018, fue realizada y tomada hasta el año 2021 en el mes de agosto, tomando en consideración los informes de la Contraloría, pero en lugar de hacer la nominalización al mes de agosto del 2018 se realiza a la escala salarial de enero del 2020, pero con las categorías laborales de agosto del 2021.
Aquí el acuerdo en mención:
Tampoco hay claridad si es un beneficio para todos los trabajadores universitarios, pues los miembros del Consejo Universitario recibirán de por vida laboral su consideración especial como no queda claro ocurriría con el resto de funcionarios.
A pesar de que el incremento de la Anualidad se congeló para 2020 no se dejó de pagar lo acumulado hasta el momento. Es decir no se dejó de pagar solo No se incrementó.
Desconocemos si la Autonomía Universitaria da para ésto, pero ya le pedimos a la Contraloría General de la República criterio a profundidad para saber si actuaron conforme a ley y si no qué pasará con ellos.