Parque Viva: Ya salió sentencia integral
Magistrados ocuparon 285 páginas para la sustancia
El Parque Viva ya tiene sentencia integral que consta de 409 páginas de las cuales 285 constituyen el análisis del caso y el por tanto.
Parque Viva: Ya salió sentencia integral
En el por tanto los magistrados señalan: «Por mayoría se declara con lugar el recurso en todos sus extremos y, en consecuencia, se anula la orden sanitaria No. MS-DRRSCN-DARSA2-OS- 0368-2022 emitida el 8 de julio de 2022, así como lo dispuesto en el oficio No. MS-DRRSCN-DARSA2-1724-2022 de 15 de julio de 2022.
Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. El magistrado Cruz Castro consigna nota.
El magistrado Salazar Alvarado consigna razones adicionales y agrega que, al haberse declarado con lugar el recurso de amparo que anula la citada orden sanitaria, las autoridades recurridas deberán, dentro del plazo de dieciocho meses posteriores a la notificación de la presente resolución, llevar a cabo todas aquellas medidas de coordinación que estimen pertinentes y necesarias a efectos de ejecutar el plan remedial al que se ha hecho referencia en este asunto; o, cualquier otro que estimen a bien, con el propósito de brindar una solución integral a la problemática de congestionamiento vial que afecta a los vecinos de La Guácima de Alajuela, en relación con los eventos de concentración masiva de personas y vehiculos en el Parque Viva; y que, ante una eventual emergencia, podrían verse comprometidas la salud o la integridad fisica de las personas.
La magistrada Garro Vargas salva parcialmente el voto en el siguiente sentido: lo declara con lugar, por sus propias razones, respecto de la libertad de expresión; y lo declara sin lugar respecto de la anulación de la orden sanitaria y del citado oficio, por cuanto estima que lo relativo a estos no procede ser conocido en esta jurisdicción».
En una lectura rápida precisamos que los magistrados concatenan lo dicho en conferencia de prensa por el Presidente de la República con el cierre del Parque Viva, entre esas consideraciones.
En otro extracto de la sentencia señala: Ahora bien, analizados los argumentos expuestos por los promoventes, los informes rendidos bajo juramento por las autoridades recurridas y las pruebas aportadas por ambas partes, esta Sala Constitucional estima que, efectivamente, tal y como se alega, la emisión de la orden sanitaria No. MS-DRRSCN- DARSA2-OS-0368-2022 de fecha 8 de julio de 2022 (rubricada electrónicamente a las 12:37:21 hrs.), se traduce en un acto administrativo abiertamente arbitrario, carente de fundamento certero, atropellado y absolutamente desproporcionado. A esta conclusión, de arriba, a partir de las siguientes consideraciones de interés: 1) Advierte esta Sala que el cierre de Parque Viva se llevó a cabo a través de un acto administrativo (orden sanitaria), carente de motivación o fundamento certero, lo cual, a su vez, representa un-quebranto al debido proceso.
Analizaremos la sentencia a profundiad y buscaremos voces de expertos para entenderla y compartirla.
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