Obligados alimentarios viven un calvario en enero

Muchos deben cancelar salario escolar sin tener este ahorro

Cada mes de enero una buena parte de los más de 185 mil obligados alimentarios viven un verdadero calvario al tener que cancelar lo correspondiente al salario escolar de sus hijos.

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Obligados alimentarios en apuros en enero
Desconocimiento hace que muchos deudores alimentarios vayan a la cárcel por no pagar salario escolar. Foto con fines ilustrativos.

Obligados alimentarios viven un calvario en enero

El desconocimiento y la falta de acceso a  asesoramiento legal hacen que muchos de los obligados alimentarios sean víctimas de un sistema que está diseñado para apoyar a las mujeres.

Tal es el caso de «Manuel Segura» (nombre ficticio para proteger su identidad) un hombre de 50 años que trabaja para una institución descentralizada donde no  recibe salario escolar, con su salario de 405 mil colones mensuales debe cubrir la pensión alimentaria de 93 mil colones  de dos jóvenes de 22 y 24 años, sus gastos personales, un préstamo bancario y el aporte a su mamá que es adulta mayor.

La primera quincena de enero debe cancelar además, los 93 mil colones adicionales correspondientes al salario escolar de sus hijos, quienes viven en una zona alejada de la capital y que, desde hace más de 4 años no dan muestras de seguir estudiando, pese a que la madre de los muchachos, sin evidencia, asegura que si lo hacen.

Este caso llegó a nuestra redacción como un relato angustiante, de un padre que ha cumplido sin queja toda su vida con su deber de proveer a sus hijos de acuerdo a sus posibilidades, pero que no logra salir adelante en su vida personal por la limitación económica en la que queda, especialmente en enero,  caso contrario a la madre de los beneficiarios quien estableció una nueva relación poco  después de separarse de él.

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«Yo quedo apenas con los pasajes para movilizarme al trabajo durante la quincena y sin posibilidades de conseguir otra fuente de ingresos pues por mi horario que es muy cambiante no podría comprometerme, no puedo comprar una moto para redondearme en plataformas de comidas pues el disponible de mi salario es muy poco para un préstamo, pero lo más frustrante es que este esfuerzo mis hijos no lo aprovechan para estudiar, pues hace mucho abandonaron el colegio » detalló Segura.

En nuestro país este no es un caso aislado, son cientos de casos de hombres que sufren poco más o menos el mismo destino.

El Guardián consultó a  la licenciada Eugenia Quesada, de la Fundación Instituto Apoyo al Hombre quien señaló que  en temas de pensiones alimentarias y especialmente en el salario escolar hay aspectos importantes que deben tomar en cuenta.

  • El salario escolar solo puede ser solicitado de forma obligatoria  para hijos mayores de 4 años cumplidos pero menores de 18 años, pues este beneficio está tutelado como derecho por el código de la niñez y la adolescencia. Sin embargo, de acuerdo al criterio del juez, también los mayores de edad pero menores de 25 años pueden solicitarlo si aun se encuentran estudiando.
  • Si el obligado no tienen el monto del salario escolar completo, puede solicitar el pago de ese salario en tractos. Esto funciona de la siguiente manera según detalló Quesada, «deben depositar una parte del salario escolar, por ejemplo, si deben pagar 100 mil, depositan 40 mil y los 60 mil en dos pagos mensuales (adicionales al monto de pensión) para completar el monto adeudado».
  • El beneficiario de la pensión debe estar estudiando, «si por alguna razón el beneficiario no fue matriculado en ningún centro educativo , el derecho a la pensión persiste, pero no están obligado a dar el salario escolar».
  • El bono escolar también es susceptible de presentar incidente de rebajo, si por ejemplo el beneficiario estaba en una institución privada y lo pasan a una pública pueden  pedir disminución  porque son menores los gastos.
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Beneficiarios mayores de edad.

Según detalló la licenciada es importante corroborar que el beneficiario presente evidencia de que está estudiando, ante el juzgado, que tiene buenas notas y una carga académica considerable, según lo establecido en el artículo 173 inciso 5 del Código de Familia.

«Aquí hay tanta persecución al deudor alimentario, que invierten la obligación y les piden a los obligados alimentarios que interpongan un proceso que se llama incidente de exoneración de pensión alimentaria, nada más para pedir al beneficiario lo que ya por ley debe acreditar. Los obligados alimentarios deben ir al juzgado, les dan unos formularios y sin una dirección por parte del personal del juzgado plantean el incidente, por lo general mal hecho».

«Además deben localizar al beneficiario, que muchas veces no aparece para que entregue los requisitos y el papá sigue pagando y pagando porque si no va a la cárcel».

Obligados alimentarios en apuros aunque tengan hijos mayores
Muchos de los beneficiarios exigen salario escolar aunque sean mayores de edad.

La recomendación de la licenciada es que interpongan el recurso de Habeas Corpus ante la Sala Constitucional y aleguen que no es procedente pues la obligación del salario escolar nace del Código de Niñez y Adolescencia que cobija únicamente a los menores de 18 años.

 

Quesada puntualizó en que en muchos casos los jóvenes salieron de un colegio técnico, salen con un oficio, o bien terminan una carrera, pero para seguir recibiendo el beneficio se inscriben en una segunda ocupación o en una ampliación de la primera, lo cual violenta la norma, pues la obligación está establecida hasta que el beneficiario obtenga una ocupación que le permita sostenerse por si solo.

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