MEIC fija 4 de diciembre como límite para que pymes accedan a exoneración
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) informó que el 4 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las micro y pequeñas empresas soliciten o renueven su Registro Pyme, requisito indispensable para recibir la exoneración del Impuesto a las Personas Jurídicas del 2026. La medida se enmarca en los beneficios establecidos por la Ley N.º 9428, que busca aliviar cargas financieras y promover la formalidad empresarial.
La institución explicó que el proceso puede realizarse en el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), donde las empresas deben completar un formulario que funciona como declaración jurada. El MEIC recordó que la información aportada debe ser veraz y exacta, ya que la persona declarante asume responsabilidad legal sobre los datos registrados. Las empresas pueden verificar su estado actual en la plataforma de pymes activas habilitada por la institución.
Para optar por la exoneración, las mipymes deben cumplir al menos dos de tres condiciones: estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social, mantener al día sus obligaciones tributarias con Hacienda y contar con el seguro de riesgos del trabajo vigente. El MEIC indicó que quienes prefieran gestionar el trámite presencial pueden hacerlo en sus oficinas de Llorente de Tibás, en horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Las empresas pueden verificar el estado de su Condición Pyme en: https://www.meic.go.cr/tramites-y-servicios/pymes-activas/
El trámite puede realizarse en línea mediante el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), disponible en www.siec.go.cr, completando el formulario digital correspondiente, el cual tiene valor de declaración jurada, por lo que la información suministrada debe ser veraz y exacta, ya que la persona que declara, asume la responsabilidad legal sobre los datos proporcionados.
Para dicho trámite, se deben cumplir dos de los tres siguientes requisitos:
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Estar al día con las cargas sociales ante la CCSS.
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Estar al día con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda.
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Contar con
La institución advirtió que las solicitudes ingresadas después del 4 de diciembre no serán consideradas para la exoneración del 2026, aunque sí podrán ser procesadas para mantener o adquirir el estatus Pyme. Además, recordó que las empresas con Registro Pyme vigente no deben realizar gestiones adicionales, ya que el beneficio se aplicará automáticamente al momento de calcular el impuesto correspondiente.
MEIC fija 4 de diciembre como límite para que pymes accedan a exoneración
El MEIC destacó que este incentivo fiscal también aplica a pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el MAG, con el objetivo de apoyar la competitividad y sostenibilidad económica de ambos sectores. El Registro Pyme es gratuito, voluntario y tiene una vigencia de cuatro años. La institución habilitó el correo siec@meic.go.cr para atender consultas relacionadas con el proceso.
Esta exoneración fiscal es uno de los beneficios que reciben las empresas registradas como pyme ante el MEIC.
Para conocer sobre este y otros beneficios, puede ingresar a www.meic.go.cr (Registro de empresas PYME | Trámites y servicios | MEIC).

El Registro Pyme es gratuito, voluntario y tiene una validez de cuatro años.
Para consultas, puede escribir al correo siec@meic.go.cr






