MEIC detecta cláusulas abusivas en contratos de gimnasios
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) identificó prácticas contractuales abusivas en gimnasios tras una fiscalización realizada a finales del año anterior. El análisis incluyó 10 comercios que brindan servicios de acondicionamiento físico en el país.
Según el informe, ocho de los 10 gimnasios utilizaban contratos de adhesión, y en el 100 % de estos se detectaron incumplimientos a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, específicamente al artículo 42 de la Ley 7472.
MEIC detecta cláusulas abusivas en contratos de gimnasios
Entre los principales hallazgos se identificó falta de claridad y veracidad en la información contractual. En cinco contratos no se indicaba la duración del servicio ni el precio final, y en otros cinco se remitía al consumidor a reglamentos externos no incluidos en el contrato.
Falta de claridad y veracidad en la información:
• En cinco contratos, la información relevante se presenta de forma desagregada o se remite a reglamentos para que sean consultados por el consumidor, pese a que dicha información debe incluirse dentro del contrato.
• En cinco contratos, se incluyen autorizaciones automáticas para el uso de datos personales, envío de publicidad y uso de imágenes, sin consentimiento del consumidor.
• En cinco contratos no se indica la duración del mismo.
• En cuatro contratos no se informa el precio final.

Además, el MEIC encontró autorizaciones automáticas para el uso de datos personales, envío de publicidad y uso de imágenes sin consentimiento expreso del consumidor. Estas prácticas fueron detectadas en al menos cinco de los contratos revisados.
La fiscalización también evidenció cláusulas abusivas, como la exoneración de responsabilidad del comercio en siete contratos y la imposición de modificaciones unilaterales en seis casos. En dos contratos se identificó una renuncia anticipada a derechos del consumidor.
Existencia de cláusulas abusivas:
• En siete contratos se exonera al comercio de cualquier responsabilidad, trasladándola injustamente al consumidor.
• En siete contratos se coloca al consumidor en una situación de desequilibrio contractual.
• En seis contratos se permite al comerciante realizar cambios o modificaciones unilaterales, incluso sin haber concluido la relación contractual, lo cual vicia la voluntad del consumidor a continuar con ese contracto.
• En dos contratos se dispone una renuncia anticipada del consumidor.

Como resultado del proceso, el MEIC notificó ocho prevenciones el 13 de octubre de 2025. Seis comercios corrigieron las irregularidades, mientras que dos fueron denunciados ante la Comisión Nacional del Consumidor, donde podrían enfrentar multas que oscilan entre ₡4,6 millones y ₡18,4 millones.
Acciones legales
• Se notificaron ocho prevenciones el 13 de octubre de 2025.
• Seis comercios cumplieron a cabalidad con lo prevenido.
• Dos comercios no corrigieron a cabalidad por lo que se procedió con la respectiva denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC) y se expondrían a una multa que oscila entre los ₡4.600.000 hasta ₡18.400.000, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 7472.
El MEIC recordó a la población que la línea gratuita 800-CONSUMO (800 266 7866) está disponible de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., para consultas y denuncias. También se pueden presentar reclamos de forma virtual a través del sitio oficial de la institución.





