Más de 3.800 pensiones de lujo pagarán contribución solidaria desde este mes de julio

A partir de este mes de julio, la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda aplicará a las pensiones superiores a los ¢2.296.000 que correspondan a la Dirección Nacional de Pensiones, Junta de Pensiones del Magisterio Nacional y al Régimen de Expresidentes, la deducción por contribución especial solidaria y redistributiva, que establece Ley No. 9796 (“Ley para Rediseñar y Redistribuir los Recursos de la Contribución Especial Solidaria”).

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“Esta deducción se efectuará de manera automática a 3815 pensiones cuyo pago se realiza con cargo al presupuesto nacional, lo que generará un ahorro a la Hacienda Pública de ¢900 millones mensuales, aproximadamente, es decir, una suma superior a 10 mil millones de colones al año que se estarán ahorrando todos los contribuyentes de las finanzas públicas”, destacó Elian Villegas, ministro de Hacienda.

La Ley 9796 modificó los topes máximos y exentos de las pensiones de regímenes especiales sobre los que se debe hacer esta contribución especial solidaria, la que anteriormente se aplicaba a pensiones superiores a los ¢4 millones.

Según esta normativa, los tramos y los porcentajes de contribución que se aplicarán sobre los excedentes de cada uno de ellos son los siguientes:

Sobre el excedente de Hasta Contribución especial
¢0,00 ¢2.296.000,00 0%
¢2.296.000,00 ¢2.870.000,00 25%
¢2.870.000,00 ¢3.587.500,00 35%
¢3.587.500,00 ¢4.484.375,00 45%
¢4.484.375,00 ¢5.605.468,75 55%
¢5.605.468,75 ¢7.006.835,94 65%
¢7.006.835,94 75%
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A continuación, dos ejemplos que permiten visualizar la manera en que se realizarán estas deducciones:

 CON UNA PENSIÓN DE ¢3.000.000,00

Sobre el excedente de Hasta Porcentaje Monto de excedente Monto aplicado
¢0,00 ¢2.296.000,00 0% ¢2.296.000,00 ¢0,00
¢2.296.000,00 ¢2.870.000,00 25% ¢574.000,00 ¢143.500,00
¢2.870.000,00 ¢3.587.500,00 35% ¢130.000,00 ¢45.500,00
¢3.587.500,00 ¢4.484.375,00 45% ¢0,00 ¢0,00
¢4.484.375,00 ¢5.605.468,75 55% ¢0,00 ¢0,00
¢5.605.468,75 ¢7.006.835,94 65% ¢0,00 ¢0,00
¢7.006.835,94 75% ¢0,00 ¢0,00
Total solidario 189.000,00

 

PENSIÓN DE ¢5.000.000,00

Sobre el excedente de Hasta Porcentaje Monto de excedente Monto aplicado
¢0,00 ¢2.296.000,00 0% ¢2.296.000,00 ¢0,00
¢2.296.000,00 ¢2.870.000,00 25% ¢574.000,00 ¢143.500,00
¢2.870.000,00 ¢3.587.500,00 35% ¢717.500,00 ¢251.125,00
¢3.587.500,00 ¢4.484.375,00 45% ¢896.875,00 ¢403.593,75
¢4.484.375,00 ¢5.605.468,75 55% ¢515.625,00 ¢283.593,75
¢5.605.468,75 ¢7.006.835,94 65% ¢0,00 ¢0,00
¢7.006.835,94 75% ¢0,00 ¢0,00
Total solidario ¢1.081.812,50

 

Para consultas sobre los montos deducidos, los interesados pueden comunicarse con la Dirección Nacional de Pensiones o con JUPEMA, según corresponda.  Fuente: Prensa Hacienda.

 

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