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Lo que debe saber sobre la ley que protegerá su dinero en el banco

La aprobación en segundo debate del proyecto de ley N.° 23.908, que busca proteger el dinero de los clientes en entidades financieras, ha generado interés y dudas entre los usuarios.

La Oficina del Consumidor Financiero (OCF) elaboró una guía práctica que explica los alcances de la normativa y los pasos a seguir en caso de fraudes, estafas electrónicas o rebajos no autorizados.

El documento, disponible de forma gratuita en el sitio web www.ocf.fi.cr, resume en 16 pasos cómo presentar reclamos y en qué casos aplica la futura ley.

Lo que debe saber sobre la ley que protegerá su dinero en el banco

Sin embargo, aún no está vigente, ya que debe ser firmada por el Ejecutivo y reglamentada por la SUGEF. Además, no aplicará de forma retroactiva y no cubre todos los casos.

El cliente afectado deberá presentar un reclamo ante su banco en un plazo máximo de 30 días, acompañado de una denuncia ante el OIJ. La entidad tendrá hasta 30 días para investigar (prorrogables por 10 días más) y resolver si corresponde devolver el dinero.

Man wearing a hoodie and holding credit card with a laptop

Guía de aplicación ley de estafas informáticas

La devolución no es automática: dependerá del resultado de la investigación. Si el banco rechaza el reclamo, la SUGEF revisará la decisión. En caso de atrasos o falta de resolución, se establecen compensaciones e incluso la restitución obligatoria de los fondos.

La ley tampoco obliga a los bancos a responder en todos los casos, especialmente cuando exista responsabilidad del cliente, como en situaciones de fraude simulado o negligencia.

En síntesis, la normativa define reglas y plazos para atender fraudes bancarios, pero condiciona la devolución del dinero al cumplimiento de un proceso formal y a la verificación de responsabilidades.

Claves para entender la nueva ley de protección del dinero en cuentas bancarias

La normativa establece cómo reclamar ante fraudes, pero no garantiza devoluciones automáticas

  • Entrada en vigencia pendiente: aunque ya fue aprobada en la Asamblea Legislativa, la ley comenzará a regir hasta que sea firmada por el Ejecutivo, publicada en La Gaceta y reglamentada por la SUGEF.

  • Aplicación limitada en el tiempo: no tendrá efecto retroactivo, por lo que solo aplicará a nuevos casos o a reclamos que aún no hayan sido resueltos.

  • Alcance específico: protege únicamente ante la sustracción de dinero o mala custodia de fondos en cuentas, dejando por fuera casos como el uso indebido de tarjetas por robo o extravío.

  • Paso inicial obligatorio: el afectado deberá presentar un reclamo ante su banco en un plazo máximo de 30 días, acompañado de una denuncia ante el OIJ.

  • Plazos definidos para el banco: la entidad tendrá hasta 30 días naturales para investigar y resolver el caso, con posibilidad de ampliar el plazo de forma excepcional.

  • No hay devolución inmediata: el reintegro del dinero dependerá del resultado de la investigación y de la determinación de responsabilidades.

  • Revisión externa: si el banco rechaza el reclamo, la SUGEF evaluará si la decisión está debidamente fundamentada.

  • Sanciones por incumplimiento: si la entidad no responde en los plazos establecidos, deberá indemnizar al cliente e incluso devolver el dinero en ciertos casos.

  • Excepciones a favor del banco: la ley no obliga a devolver el dinero cuando exista responsabilidad del cliente, como fraude simulado, dolo o transferencias entre cuentas propias.

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