La Corte invoca prohibición para no explicar proceso donde perdonaron a Magistrada

Denuncia sobre razones por las cuales Magistrada ordenó borrar de archivo digital datos de políticos

La Corte Plena invocó prohibición para explicar el perdón y olvido a favor de su Vicepresidenta por un caso disciplinario en su contra relacionado con mandar a borrar de la base de datos Digital Nexus detalles de políticos involucrados en casos judiciales.

La Corte calla

Una denuncia presentada por el Sindicato de la Judicatura apuntaba a la actual Vicepresidente y Jefa de la Sala Tercera Patricia Solano, a quien se le señaló de haber pedido excluir de una base de datos digitales judiciales una serie de resoluciones.

Según publicó el Seminario Universidad «La magistrada Solano solicitó por escrito al Centro de Información Jurisprudencial del Poder Judicial, eliminar varias resoluciones de desestimación de casos vinculados a personas de los supremos poderes».

El 23 de mayo, el Sindicato pidió a la Corte Plena también «conservar la publicidad del procedimiento seguido contra los miembros de los Supremos Poderes, por sus implicaciones en el ámbito de la transparencia institucional y conforme a los principios de rendición de cuentas, integridad y ética en la función pública”.

«Un magistrado de la Corte Suprema de Justicia, no tiene facultad expresamente consagrada en la ley para ordenar -así sea quien preside una de las Salas- que se elimine de la base de datos del sistema Nexus determinadas resoluciones” analizadas por el Centro de Información Jurisprudencial (CEIJ). “Por consiguiente, cualquier orden en ese sentido deviene ilegal” decía el alegato sindical.

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«Resulta improcedente la pretensión de eliminar resoluciones de la base de Datos Nexus” dada la importancia de la jurisprudencia en un Estado de derecho, así como “del criterio unificador y orientador que impone la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y la necesidad de transparencia en la función judicial”.

La Corte calla y solo dice

Por votación secreta, y la sesión dirigida por la misma Magistrada implicada en el caso, once Magistrados aprovecharon el privilegio jurídico del anonimato para defender a su compañera, en realidad fueron 10 y la Magistrada involucrada que difícilmente haya votado en su contra.

La oficina de prensa del Poder Judicial se limitó a contestar:

«En relación con su consulta respetuosamente se indica que el tema consultado es de carácter disciplinario, por lo tanto, no procede brindar detalles de lo resuelto.

La resolución tiene un plazo de tres días para que se presente un recurso de reconsideración, el cual corre a partir de la notificación. Por disposición de ley no es posible brindar detalles.

Hago notar lo dispuesto en el numeral 211 de la LOPJ el cual establece un plazo perentorio de un mes para decidir sobre la apertura o no del proceso administrativo. Este plazo es de acatamiento obligatorio pues es una disposición legal, por ello el conocimiento del asunto en la sesión de ayer obedece únicamente a el cumplimiento de este plazo legal», respondió la Corte.

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El capítulo está cerrado si el Sindicato no refuta tal decisión en el término de 3 días. Tampoco sabemos las razones por las cuales la Magistrada Solano pidió por iniciativa propia borrar datos de procesos donde hay políticos involucrados.

Juan Diego Castro nuevamente calificó severamente la actuación judicial de la Corte Plena, que por un voto de diferencia decidió no investigar las razones de su compañera.

Tampoco sabemos si efectivamente ese voto de diferencia fue de la Magistrada Solano, que según Castro dirigió la sesión y votó.

Preguntaremos si la Magistrada Solano quiere explicarle al país sus razones. Por lo general el silencio es la norma.

Con información del Semanario Universidad.

La Corte invoca prohibición para explicar caso de Magistrada

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