Juzgado de Trabajo condena a tienda SYR por incumplimientos laborales

Se trata de la primera resolución del total de 16 casos elevados a instancias judiciales

El juzgado de Trabajo del I Circuito Judicial de Alajuela notificó la primera sentencia en contra de las tiendas SYR por el irrespeto a la normativa laboral.

Se trata de la primera resolución del total de 16 casos elevados a instancias judiciales tras la intervención que hizo el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a través de la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo en 23 locales pertenecientes a esta cadena de tiendas.

Juzgado de Trabajo condena a tienda SYR por incumplimientos laborales

Walter Villalobos Fernández, viceministro del área Laboral del MTSS destacó que “con la sentencia se confirman los hallazgos hechos por la inspección laboral además de que se establece una acción correctiva al centro de trabajo y ordena la restitución de los derechos laborales de las personas afectadas”.

“Atendimos un caso denunciado en distintas redes sociales, primero como un tema de agresión y luego encontramos una serie de infracciones laborales por las que tuvimos que elevar a instancias judiciales y ya hoy vemos cómo, dos meses después, estamos ante una condenatoria en primera instancia”, agregó.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social fue notificado de la sentencia N° 2023000200 del 27 de enero en la que se encontró que los representantes de la Tienda SYR #1 Alajuela son “transgresores de las leyes de trabajo y seguridad social, a saber: omisión de aseguramiento ante la Caja Costarricense del Seguro Social, de entregar comprobantes de pago, otorgar descanso semanal, pagar la jornada extraordinaria; contar con una política (Reglamento) para la prevención de prácticas de hostigamiento sexual, pago del salario mínimo contar para disposición de las personas trabajadoras de un Botiquín de emergencias, disponer el local de comedor y extintores de incendios”.

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Por esta causa se le impone una multa de “cuatro millones doscientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta colones (multa y costas) monto que se deberá depositar a la orden de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en la cuenta de este despacho”.

Redacción

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