Imponen penas de prisión a quienes se apoderen de combustible de manera ilegal
Pena de prisión de 6 meses a 4 años a quien dañe de cualquier forma el Sistema Nacional de Combustibles y de 5 a 15 años de prisión a quien, mediante el uso de la fuerza, se apodere ilegítimamente de combustibles derivados del petróleo, hidrocarburos o mezclas de hidrocarburos del Sistema Nacional de Combustibles, son parte de las sanciones aprobadas por los legisladores con la votación en primer debate del expediente 21447, ley para sancionar el apoderamiento y la importación ilegal de los combustibles derivados del petróleo con 45 votos a favor.
El proyecto tiene como objeto sancionar las actividades ilícitas relacionadas con el apoderamiento ilegal de combustibles derivados del petróleo que sean propiedad de la Refinadora Costarricense de Petróleo, en adelante RECOPE, así como la importación ilegal de combustibles.
La iniciativa también impone una pena de 3 a 5 años de prisión a quien compre, venda, distribuya o comercialice mediante cualquier título, con fines de venta, combustibles derivados de petróleo que se trate de un producto exonerado para uso del sector pesquero no deportivo, a cualquier otra persona física o jurídica no beneficiado legalmente por dicha exoneración.
La pena se aumentará en un tercio de la pena cuando dicha venta, suministro o comercialización sea con fines de actividades de narcotráfico o piratería.
La legisladora Paola Vega Rodríguez resaltó la importancia de esta iniciativa al asegurar que con esto se podría frenar parte del combustible que se utiliza para actividades ilícitas y que ponen en riesgo a la población.
Mileyde Alvarado Arias del Partido Restauración Nacional señaló que se busca cuidar la vida de los ciudadanos y evitar daños al medio ambiente.
Por su parte, el diputado Gustavo Viales Villegas destacó el trabajo conjunto entre la Comisión de Ambiente y la de Seguridad y Narcotráfico para lograr cerrar portillos que existían en la legislación costarricense en torno al apoderamiento ilegal de combustibles. Fuente Prensa Asamblea Legislativa.