Hacienda solicita a Procuraduría reconsiderar criterio sobre aumento salarial del sector público
El Ministerio de Hacienda solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR) una reconsideración formal del criterio que obligaría al Gobierno a pagar el aumento salarial 2020 en el sector público, pese al grave impacto provocado en las finanzas públicas por la pandemia que vive el país.
La PGR emitió el dictamen C-202-2002, que ordena al Gobierno Central incluir en las previsiones presupuestarias del 2021 el pago del incremento salarial del sector público de 2020 por costo de vida, cuya aplicación fue suspendida por Decreto Ejecutivo N° 42286 del 4 de abril, a raíz de la emergencia por el Covid-19.
“Nos parece que no es momento de pagar un aumento salarial”, argumentó el ministro de Hacienda, Elian Villegas, en el documento enviado a la PGR.
De acuerdo con el titular de Hacienda, el pago de Incremento representaría un costo anual de ¢23 mil millones, algo que, de acuerdo al titular de Hacienda, no es procedente en esta coyuntura.
Al presentar la solicitud de reconsideración y aclaración del dictamen, Villegas sostiene que el aumento salarial 2020 no ha sido depositado a los funcionarios públicos, por lo que no se configura como una situación jurídica consolidada al no haber ingresado al patrimonio de éstos.
Asimismo, se refiere a las circunstancias extraordinarias que vive el país y al imperativo de reorientar los recursos presupuestados para dicho aumento a la atención del estado de emergencia nacional por Covid-19.
Antecedentes
Decreto Ejecutivo N° 42121-MTSS-H-MIDEPLAN del 17 de diciembre de 2019.
Autoriza un aumento general al salario base de todas las categorías del sector público para el año 2020.
Artículo 9 de dicho Decreto. Señala que el aumento salarial se haría efectivo de ser posible en la segunda quincena de febrero 2020.
Decreto Ejecutivo N° 42286 del 4 de abril de 2020. Suspende la aplicación de aumento general al salario base de los servidores de Gobierno Central, para el año 2020, en razón de la situación de emergencia por el COVID-19 Dictamen C-202-2002. Con el objetivo de avanzar con la derogatoria definitiva del decreto que da origen al aumento, el Ministerio de Hacienda realizó una consulta a la Procuraduría, la cual respondió que:
La derogación de un decreto (al igual que ocurriría con cualquier otra disposición general, como un reglamento o una ley) lo es sin perjuicio de los derechos adquiridos o de las situaciones jurídicas que se hayan consolidado durante la vigencia de la disposición derogada. De manera tal que aun cuando el acto derogatorio no lo indique así expresamente, la derogación debe entenderse sujeta al principio de irretroactividad derivado del artículo 34 de la Constitución Política.
Reconsideración A raíz de este criterio, el ministro de Hacienda activó la posibilidad de solicitar una reconsideración establecida en el artículo 3 inciso b) y artículo 6 Ley Procuraduría General de la República N° 6815.