Estos son los nuevos tramos del impuesto sobre la renta que regirán a partir de enero 2023

El Ministerio de Hacienda actualizó los tramos con base en los cuales se deberá determinar el impuesto sobre la renta a asalariados, jubilados y pensionados; así como el impuesto sobre las utilidades que pagan las personas físicas con actividad lucrativa y las personas jurídicas, en el periodo fiscal 2023.

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Estos son los nuevos tramos del impuesto sobre la renta que regirán a partir de enero 2023

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (No. 7092), todos los años, al inicio del período fiscal, se deberá ajustar los tramos de renta que se aplicarán en ese nuevo ejercicio.

Esta actualización se hizo mediante el Decreto Ejecutivo No 43852-H, publicado en el Alcance No 282 a La Gaceta No 245, del 23 de diciembre del 2022  y rige desde el 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Para asalariados, jubilados y pensionados, aplicará la siguiente tabla: 

Tramos de renta

(salario bruto)

 

Tasa de impuesto aplicable

 

Las rentas de hasta ¢941.000,00 (Novecientos cuarenta y un mil colones) mensuales  

(No están sujetas al impuesto)

Sobre el exceso de ¢941.000,00 (Novecientos cuarenta y un mil colones) mensuales y hasta ¢1.381.000,00 (Un millón trescientos ochenta y un mil colones) mensuales 10%
Sobre el exceso de ¢1.381.000,00 (Un millón trescientos ochenta y un mil colones) mensuales y hasta ¢2.423.000,00 (Dos millones cuatrocientos veintitrés mil colones) mensuales 15%
Sobre el exceso de ¢2.423.000,00 (Dos millones cuatrocientos veintitrés mil colones) mensuales y hasta ¢4.845.000,00 (Cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil colones) mensuales 20%
Sobre el exceso de ¢4.845.000,00 (Cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil colones) mensuales 25%

Además, los créditos fiscales que pueden aplicar estas personas por cada hijo y por su cónyuge son los siguientes:

Crédito por: Monto mensual
Hijo ¢1.750,00 mil setecientos cincuenta colones
Por cónyuge ¢2.650,00 dos mil seiscientos cincuenta colones

Para las personas físicas con actividades lucrativas, estos son los tramos y tasas que regirán durante el 2023:

Tramos de renta Tasa de impuesto aplicable

 

Las rentas de hasta ¢4.181.000,00 (cuatro millones ciento ochenta y un mil colones) anuales No estarán sujetas al impuesto.

 

Sobre el exceso de ¢4.181.000,00 (cuatro millones ciento ochenta y un mil colones) anuales y hasta ¢6.244.000,00 (seis millones doscientos cuarenta y cuatro mil colones) anuales 10%
Sobre el exceso de ¢6.244.000,00 (seis millones doscientos cuarenta y cuatro mil colones) anuales y hasta ¢10.414.000,00 (diez millones cuatrocientos catorce mil colones) anuales 15%
Sobre el exceso de ¢10.414.000,00 (diez millones cuatrocientos catorce mil colones) anuales y hasta ¢20.872.000,00 (veinte millones ochocientos setenta y dos mil colones) anuales 20%
Sobre el exceso de hasta ¢20.872.000,00 (veinte millones ochocientos setenta y dos mil colones) anuales 25%

Los créditos fiscales que pueden aplicar las personas físicas con actividad lucrativa por cada hijo y por su cónyuge son los siguientes:

Crédito por: Monto anual
Hijo ¢21 000.00 (veintiún mil colones)
Por cónyuge ¢31 800.00 (treinta y un mil ochocientos colones

Los tramos y tasas para las personas jurídicas, cuya renta bruta no supere la suma de ciento veintidós millones ciento cuarenta y cinco mil colones (¢122.145.000,00) durante el periodo fiscal,  son los siguientes:

Tramos de renta Tasa de impuesto aplicable

 

Los primeros cinco millones setecientos sesenta y un mil colones (¢5.761.000,00) de renta neta anual 5%.

 

Sobre el exceso de cinco millones setecientos sesenta y un mil colones (¢5.761.000,00) y hasta ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil colones (¢8.643.000,00) de renta neta anual.

 

10%
Sobre el exceso de ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil colones (¢8.643.000,00) y hasta once millones quinientos veinticuatro mil colones (¢11.524.000,00) de renta neta anual.

 

15%
Sobre el exceso de once millones quinientos veinticuatro mil colones (¢11.524.000,00) de renta neta anual 20%

Las personas jurídicas cuya renta bruta supere los ¢122.145.000.000, deberán aplicar una tasa fija de impuesto del 30%.

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