Establecen sanciones por acoso sexual callejero

El Plenario Legislativo aprobó penas de prisión desde los 6 meses hasta los 2 años para quienes incurran en acoso callejero, es decir, toda conducta con connotación sexual sin que medie el consentimiento ni aceptación de la persona y que se de en espacios públicos o de acceso público.

Con seis meses y hasta 1 año de prisión será reprimido quién se masturbare a sí mismo, exhibiere o mostrase sus genitales, por perseguir o acorralar a otra persona sin su consentimiento.

Con hasta 18 meses de prisión será castigado quién grabe, capte, o produzca material de audio, visual o audiovisual con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento y si el material es compartido con una tercera persona la pena se incrementa hasta 2 años.

La diputada Nielsen Pérez agregó

También se sanciona emitir palabras, ruidos, silbidos, jadeos, gemidos, gestos o ademanes con connotación sexual hacia otra persona sin su consentimiento.  Fuente: Asamblea Legislativa. 

TAMBIEN:  8 casos más por Covid-19. 30% de los contagios se originaron por un viaje

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba