¿Y porqué los Diputados no pagan IVA?

(Editorial) La Constitución Política dice en su Artículo 33 que todos somos iguales ante la ley, y ahora nos preguntamos si no hay ley que los exonere ¿porqué están exentos del pago del IVA los Padres de La Patria?.

Un Diputado no es un asalariado, no está sujeto a un horario, ni tampoco tiene obligación de rendir cuentas, ni puede perder su credencial por no ir a trabajar, ni ser despedido por no asistir, además reciben una Dieta. Tampoco al terminar su gestión reciben prestaciones. El cuentico de Todo el Mundo es que por ser un puesto de elección popular. Yyyyyy???. En qué parte dice entre sus atribuciones es no pagar impuestos, aunque si paguen renta.

Un diputado puede declararse Independiente y separarse del partido que con su lista cerrada lo llevó al poder, y ni un ciudadano ni su Partido Político de origen pueden removerlo porque no tiene ningún Instrumento político, legal o administrativo para hacerlo. Ni el TSE puede retirarle las credenciales.

¿Entonces porqué no van a tener obligación con el Impuesto al Valor Agregado?.

Su pago está compuesto por tres rubros; Dieta, Pago de Combustibles, y Gastos de Representación. Los dos últimos siempre los tendrán, no así el primero que requiere presentarse a las sesiones legislativas, con sus correspondientes Comisiones.

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Tampoco en la nueva ley 9635 dice tácitamente que están exonerados, y su remuneración depende del trabajo realizado. Si no va a trabajar simplemente pierde su derecho a la dieta, no así su credencial.

Usted podría decir que la naturaleza de su trabajo es diferente, que ya existen fallos de alguna Sala del Poder Judicial, pero en qué parte de la nueva ley lo dice o los exonera. Si acaso lo moral no está por encima de lo legal. Y si estaban tan interesados en la aprobación de los impuestos porqué no ser ellos los primeros en aportarlos. La lógica debe ser aprobar leyes que nos afecten a todos por igual, de lo contrario reproducimos un sistema de desigualdades que hoy afectan severamente a la Patria.

La Ley Señala para exenciones. “Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivados de relaciones administrativas o laborales, o de carácter  cooperativo por sus asociados de trabajo”. Artículo 9 de la ley 9635.

¿Bajo esta premisa se puede determinar que se cobija un Diputado para no pagar responsabilidades tributarias?.

Sin embargo, cuál dependencia tienen, o por lo menos su castigo es dejar de percibir dieta; igual sería que un profesional deje de rendir un trabajo y por eso no le paguen, igual su contratante no puede sancionarlo.

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Si se trata de una Reforma Fiscal Profunda no tenía que venir determinada la exoneración para los 57.

La Ley vieja gravaba a las Dietas de las personas que integran las Juntas Directivas con una retención del 15%. Una fuente en Hacienda dice que a los Diputados se les retienen el 15% correspondiente al pago de dietas, pero igualmente en otros sectores los retienen y deben pagar IVA. Tampoco la nueva ley 9635 dice tacitamente que las dietas esten exoneradas. Es importante aclarar que la nueva Ley no tocó las Dietas de los Diputados, pero tampoco las exoneró.

Usted podrá tener su valorable consideración, pero la nuestra es que la Nueva Ley tenía obligación de exonerar o gravar a los Diputados que de por sí son los primeros preocupados por las finanzas públicas. Acaso no llevaron hasta las últimas consecuencias sociales la urgencia de aprobación del proyecto 20580.

Si su decir es ya pagamos renta, les recordamos que los profesionales liberales también pagan renta y ahora están obligados a pagar IVA.

No obstante parece lógico que ellos no paguen, pues con el nuevo sistema uno se convierte en un simple recaudador, por lo cual los Diputados podrían incrementar el gasto al sumar en su factura el Impuesto al Valor Agregado. Y eso lo pagaríamos todos, no ellos, salvo que ellos mismos concientan deducir de su jugoso salario el IVA.

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No es el interés primordial de Hacienda generar trazabilidad para combatir el fraude fiscal, y alguien con tantos ingresos como un Diputado no sería bueno incluirlos para tener en el Radar a todos. Por lo menos del 1% para impulsar la trazabilidad, si hasta la canasta básica está gravada. Además estaría dentro de la veda de un año dictada para las entidades del Gobierno para que puedan incluirlo dentro de sus presupuestos.

El viernes 19 de julio el Director General de Tributación Directa, Carlos Vargas, nos podrá contestar en su programa Políticamente Incorrecto, para explicar las diferencias entre ellos y los demás mortales. Para ello contaremos con el Consultor y Contador Público Luis Javier Porras para aclarar todas las dudas.

Por ahora, bajo la premisa del Derecho a la Información, y concientes de que todos tenemos que aportar a la raquítica economía estatal para proteger las Finanzas Públicas, seguimos pendientes de la respuesta.

De antemano ofrecemos disculpas para aquellos que se sientan afectados por haberles tocado a los Padres de La Patria, pero no es cierto que ¿aún no cambiado la Constitución Política, Verdad?.

Redacción

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