Diputados dictaminan límite a tasa de usura
Los Diputados que integran la Comisión de Hacendarios, dictaminaron la tarde de este jueves el proyecto de ley 20.861, con la modificación al artículo 36 bis, reforma del artículo 63 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
Las entidades bancarias no podrán exceder los porcentajes que cobran por los intereses de préstamos y tarjetas de crédito en el país.
El porcentaje quedó fijada en 39 % para las operaciones crediticias en general (créditos y tarjetas de crédito) y el 55% para microcréditos (que no superen los ¢675 mil).
Será responsabilidad de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) velar mensualmente porque en ningún crédito que exceda el monto correspondiente a un microcrédito se cobre una tasa superior a la tasa anual máxima de interés para todo tipo de crédito.
En caso de determinarse un incumplimiento la Superintendencia deberá denunciar este hecho al Ministerio Público. Con información prensa Asamblea Legislativa.