Contraloría dice que RACSA mal utiliza contrataciones directas

La Contraloría General de la República (CGR) dice que RACSA mal utiliza contrataciones directas, esto tras una investigación sobre el cumplimiento de la ley en contrataciones públicas en varias entidades públicas. Dicha investigación detectó irregularidades que ameritan la emisión de dos órdenes de cumplimiento inmediato.
Contraloría dice que RACSA mal utiliza contrataciones directas
La orden fue dirigida al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), Consejo Nacional de Producción (CNP), Instituto de Desarrollo Rural (INDER), Junta de Protección Social (JPS), Asamblea Legislativa (AL), Dirección Nacional de CEN-CINAI, y la Municipalidad de San José.
A estas entidades contratantes, la Contraloría les ordena ejecutar las administrativas para no reconocer la utilidad en los contratos analizados e implementar las acciones para recuperar los montos que por ese concepto se han pagado a la fecha , conforme el ordenamiento jurídico aplicable.
La segunda orden dirigida a Radiográfica Costarricense SA (RACSA) debido al uso indebido de la excepción de contratación directa entre entes de derecho público, RACSA solo puede realizar contratos de esta naturaleza cuando pueda llevar a cabo por sí mismo el objeto contractual, conforme a sus competencias legales, evitando recurrir a asociaciones empresariales que desvirtúen el proceso de contratación directa, permitiendo de forma ilegítima a privados ofrecer bienes y servicios a la Administración sin procesos concursales.
Estas órdenes tendrán el seguimiento de la CGR para verificar su debido cumplimiento, caso contrario, podría derivar en eventuales responsabilidades.

¿En qué consiste la irregularidad?
La CGR detectó que RACSA, fue contratada bajo la excepción de contratación directa entre entes de derecho público y para cumplir con estos contratos RACSA recurrió a la figura de asociación empresarial con empresas privadas pese a que la ley posibilita esos contratos directos sólo si la institución contratada (en este caso, RACSA) puede hacer el trabajo por sí misma, dentro de su marco competencial y normativo. Al contratar empresas privadas para cumplir con esos contratos, RACSA y las entidades contratantes incumplieron dicha regla legal.
El uso indebido de este mecanismo no solo es contrario a la legislación vigente sino que también vulnera el principio constitucional que exige al Estado contratar bienes y servicios mediante licitaciones públicas, asegurando transparencia, igualdad y libre competencia, sin evadir realizar concursos públicos y sus respectivos controles, así como que se trate de la mejor alternativa en precio y condiciones .
Si bien existe la posibilidad de que la Administración Pública recurra a la contratación y colaboración tanto entre sujetos de público como de sujetos privados, para el cumplimiento de sus multas, lo es siempre y cuando se realiza dentro de los mecanismos legales existentes y se respetan los procedimientos legales y constitucionales de contratación pública vigentes, que persiguen el mejor uso de los recursos públicos .