Conozca las medidas de contingencia para gestionar y aplicar exenciones de impuestos

Hacienda anuncia medidas

La Dirección General de Hacienda, del Ministerio de Hacienda, estableció los medios para gestionar y aplicar las exenciones de impuestos, ante la suspensión temporal de los sistemas informáticos institucionales.

Contingencia para gestionar y aplicar exenciones de impuestos

A continuación, el detalle para cada uno de ellos:

  • Prórroga automática de autorizaciones de exención genéricas: Hasta el 30 de mayo del 2022 se prorrogan de manera automática, las autorizaciones de exenciones de impuestos genéricas para la importación o compra local, con plazo de vigencia desde el 18 de abril, hasta que se reestablezca el servicio.
  • Aplicación de autorizaciones de exención en trámites de importación gestionadas por EXONET antes del 18 de abril del 2022: Para aplicar estas autorizaciones, en trámites de importación, bastará con que la persona beneficiaria presente la autorización en los términos que disponga el Sistema Nacional de Aduanas; siempre y cuando esta persona o su representante legal aporte una declaración jurada, tal y como se indica en el comunicado N° DGH-001-2022.

Esta disposición solo aplica para quienes cuenten con autorización de exención digital o impresa, debido a que en este momento no existe posibilidad de descargar las autorizaciones desde el sistema EXONET.

  • Nuevas solicitudes de exoneración: Hasta la habilitación del sistema EXONET, para presentarlas se deberá utilizar los formularios según corresponda a cada trámite:
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Formularios

(Deberán solicitarse al correo electrónico exoneraciones@hacienda.go.cr )

Trámite
EXI-C-001 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación
EXI-C-002 Solicitud autorización de exención concreta de tributos de importación de vehículos
EXI-C-003 Solicitud y autorización para la devolución de tributos ante la administración aduanera
EXI-C-004 Solicitud y autorización de exención de tributos genérica para adquisiciones en el mercado nacional
EXI-C-005 Solicitud y autorización de exención de impuesto de salida del país

El formulario deberá suscribirlo con firma digital la persona beneficiaria o su representante legal y enviarlo a la dirección electrónica exoneraciones@hacienda.go.cr o presentarlo impreso en el Departamento de Gestión de Exenciones (Edificio Dúo , en San Pedro de Montes de Oca, del Edificio Torre del Este frente a la Facultad de Derecho de la UCR, 150 m. al oeste).

En caso de que los formularios se entreguen físicamente por una persona distinta al solicitante debe contar con la autenticación de la firma respectiva.

La verificación de la situación tributaria se realizará a través de una declaración jurada por parte de la persona beneficiaria o su representante legal, en la cual deberá manifestar que se encuentra al día en todas sus obligaciones.

  • Recomendación técnica: Aquellas solicitudes de exención que requieran de recomendaciones técnicas por parte de algún ente recomendador, deberán presentarse a dichas instituciones para su aval técnico y posteriormente entregarlas en el Departamento de Gestión de Exenciones.
  • Notificación de las autorizaciones. Independientemente de si las solicitudes de exención han sido recibidas por correo electrónico o de manera física, las autorizaciones que emita el Departamento de Gestión de Exenciones, serán firmadas digitalmente por el mismo Departamento, y comunicadas al interesado a través del correo electrónico indicado en la solicitud.
  • Aplicación de nuevas autorizaciones de exenciones con formularios EXI-C.
  1. Importación: El beneficiario deberá presentar al Servicio Nacional de Aduanas la autorización de exención en el formato PDF firmada digitalmente por parte del Departamento de Gestión de Exenciones. Este documento deberá adjuntarse a la la declaración aduanera de importación definitiva.
  2. Compras en mercado local. En el respectivo facturador electrónico se deben indicar los datos a los que se refiere el comunicado N° DGH-001-2022

En cuanto a  la contingencia para aplicar los trámites de exención no contemplados en esta información, Hacienda lo comunicará oportunamente.  Fuente Prensa Ministerio de Hacienda.

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