CCSS amplía horario para que pacientes crónicos activen su receta vía telefónica

Con el propósito de reforzar la estrategia que busca que los pacientes crónicos y adultos mayores soliciten la activación de su tratamiento farmacológico vía telefónica, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), amplió el horario de atención a través del centro de llamadas 905- MI SALUD.

De acuerdo con el doctor Esteban Vega De la O, coordinador nacional de Servicios Farmacéuticos de la CCSS, la respuesta que la población usuaria ha mostrado frente al uso de la herramienta ha sido satisfactoria y en virtud del alto volumen de llamadas que se ha registrado a través del 905-MI SALUD (905-6472583) opción 4, la institución tomó la decisión de ampliar el horario del centro de llamadas, a partir de hoy, de 7:00am a 8:00pm de lunes a sábado.

Según el funcionario durante los primeros cinco días de habilitada esta herramienta, un total de 818 pacientes crónicos adscritos a los establecimientos de salud de institucionales que tienen implementada la receta electrónica, con entrega de comprobante de fechas, ya solicitaron la preparación de sus tratamientos farmacológicos vía telefónica.

De la misma manera expresó su satisfacción por los resultados obtenidos toda vez que la medida busca que este sector de la población con mayor riesgo de vulnerabilidad frente al COVID-19 pueda gestionar el despacho de sus medicamentos sin necesidad de sobrexponerse al contacto social.

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El funcionario insistió que la opción procura que los adultos mayores o pacientes con enfermedad crónica únicamente acudan al establecimiento de salud para retirar los medicamentos en la fecha indicada en el comprobante de fechas de retiro o tres días posteriores a esta algo que además puede hacer un tercero para evitar que salgan.

Asimismo manifestó que es importante tener en cuenta que la opción aplica para todos aquellos pacientes que dispongan de un comprobante con fechas de retiro de tratamientos crónicos y les corresponda retirar medicamentos en las próximas dos semanas, inicialmente (con fecha de retiro hasta el 10 de abril), ya sea en el área de salud o ebáis de adscripción, o bien, si retira normalmente en alguno de los 29 hospitales de la institución.

Los pacientes crónicos que decidan hacer uso de esta herramienta deben tener en cuenta las siguientes indicaciones:

  1. El paciente puede solicitar la preparación del tratamiento en un plazo no menor a los tres días antes de la fecha indicada en el comprobante de fechas de retiro, es decir, si está a uno o dos días de la fecha indicada en el comprobante de fechas de retiro no sería factible gestionar la preparación, en virtud de que el servicio de farmacia requiere de tiempo para realizar la preparación ordenada de los tratamientos.
  2. El paciente o miembro de la red de apoyo que realice la llamada debe proporcionar la siguiente información:
  • Datos del usuario: nombre completo del paciente y número de identificación.
  • Datos de la farmacia donde se retiran los medicamentos: Nombre del área de salud y Ebáis.
  • Fecha próxima del retiro del medicamento: Fecha visible en el comprobante de retiro. Recordar que se puede solicitar la preparación del tratamiento como plazo más cercano a los tres días de la fecha indicada (tres días antes de la fecha indicada incluyendo la fecha de retiro).
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El doctor Vega fue enfático en que esta herramienta está habilitada de forma exclusiva para solicitar la preparación de los medicamentos y no para consultas relacionadas con el COVID-19.

Según el funcionario se pretenden ampliar las facilidades a los pacientes crónicos para que gestionen la preparación de sus medicamentos con menos posibilidades de exposición a los establecimientos de salud, sin embargo, recordó que idealmente se debe contemplar la posibilidad de contar con la colaboración de un tercero o algún miembro de la red de apoyo del paciente para que acuda por el retiro de los medicamentos y no pacientes con factores de riesgo, entre ellos, los adultos mayores.

Recordó que en el caso de que los medicamentos sean retirados por otra persona, se debe presentar el comprobante de fechas de retiro y copia o fotografía del documento de identificación del paciente.

El doctor Vega aseguró que los pacientes crónicos deben disponer en todo momento, de sus medicamentos para garantizar el adecuado control de su enfermedad y con ello minimizar los riesgos de descompensación y vulnerabilidad ante el COVID-19.  Fuente: CCSS

 

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