Caso Diamante a la Inspección Judicial por error que destruye acusación por crimen organizado
Doble resolución dentro de expediente que no tiene relación

El Caso Diamante a la Inspección Judicial para revisar responsabilidades acerca de una doble resolución emitida a la misma hora pero de asuntos absolutamente diferentes entre sí que provocó regresar el expediente al Juzgado para comenzar de nuevo con un proceso que dejaría por fuera pruebas conseguidas dentro del marco de Crimen Organizado.
CASO DIAMANTE A LA INSPECCIÓN JUDICIAL
En principio el señalamiento apunta a la Jueza Juliana Cristina Jiménez Alpízar del Juzgado Penal de Hacienda y la Fiscalía como responsable de usar un machote de dos resoluciones firmadas exactamente a la misma hora, el mismo día, sin ningún tipo de relación la una con la otra con el caso Diamante. Todo con el propósito de declararlo como acciones enmarcadas dentro del Crimen Organizado para permitir un tratamiento especial como la inclusión de intervenciones telefónicas como pruebas dentro del expediente judicial.
Literalmente utilizó el caso de quien en vida fue Jéssica Brenes Rodríguez, a quien su novio mató cuando ella tenía un embarazo de siete meses. Crimen por el cual el acusado de apellido Guadamuz fue condenado a 38 años de prisión.
La Corte informó en la mañana de éste martes 11 de febrero: «La Inspección Judicial abrió proceso por lo que trascendió del llamado caso Diamante, al respecto se confirma que de oficio se aperturó el proceso
número 25-000500-031-DI, el mismo se encuentra en investigación preliminar y no hay persona acusada».
Por el caso Diamante hay seis políticos acusados, entre ellos Alcaldes en cargo y Ex Alcaldes a este momento. Cinco funcionarios municipales y dos empresarios. Causa que viene desde el año 2021 por sobornos recibidos por los políticos en el otorgamiento de obras de infraestructura. Carlos Cerdas, dueño de MECO, y el empresario Daniel Cruz aparecen como acusados por la Fiscalía.
Se trata de Johnny Araya Monge (en ese momento alcalde de San José); Mario Redondo Poveda (actual Alcalde de Cartago); Alfredo Córdoba Soro (en ese entonces alcalde de San Carlos); Humberto Soto Herrera (en ese entonces Alcalde de Alajuela); Alberto Cole De León (en ese entonces Alcalde de Osa); y Arnoldo Barahona Cortés (en ese entonces Alcalde de Escazú).
El Juez Ricardo Alvarado Calderón del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial emitió una resolución el lunes 10 de febrero bajo el expediente 052-2025 donde específicamente señala: «Ineficacia de las resoluciones que ordenaron la declaratoria de procedimiento especial de delincuencia organizada”.
Juan Marco Rivero, abogado del empresario Daniel Cruz, identificó el error dentro del expediente y señaló que hicieron «Copy Paste» al expediente de las resoluciones de un caso de homicidio mas otro caso de aborto que incluyeron dentro de la causa original del caso Diamante.

La resolución no tiene otro espacio de debate porque se emitió concluida la etapa de apelaciones. Por eso ordenaron la devolución del expediente al Juzgado original para volver a iniciar el trámite correspondiente. «De conformidad con la Constitución Política, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Código Procesal Penal, se declaran admisibles los recursos de apelación interpuestos por los defensores y se anula la declaratoria de crimen organizado. Se ordena la devolución inmediata del expediente al despacho de origen para que se continúe con el procedimiento respectivo».
En el momento de los hechos, estas fueron las acciones dictadas en contra de las personas involucradas en el proceso de investigación.

Debido a la declaratoria que invalida la figura de crimen organizado, los plazos de investigación se acortan y las intervenciones telefónicas podrían ser anuladas del expediente, con lo cual el caso quedaría prácticamente destruido salvo confesión de parte de los involucrados, lo cual parece no ser posible. El caso Diamante fue paralelo al Caso Cochinilla que también trataba de sobornos para conseguir obra pública.
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