ARESEP anuncia aumento en el precio de combustibles
RECOPE reacciona a incremento
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) anunció que viene un aumento en los combustibles. El aumento será de ¢23 colones para el litro de gasolina súper, para la gasolina regular el incremento es de ₡36 y en el diésel será de ₡71 por litro.
ARESEP anuncia aumento en el precio de combustibles
La intendente de energía a.i. de la ARESEP, Alejandra Morales se refirió a dicho incremento en los precios:
«Los ajustes de los combustibles registraran aumento debido a que Rusia y Arabia Saudita anunciaron que mantendrán los recortes en la oferta de los hidrocarburos, también la economía de China y Estados Unidos de Norteamérica se ha recuperado, lo que ha provocado un aumento en la demanda de hidrocarburos en estos países. Además se reportan reducciones importantes en los inventarios de Estados Unidos, principalmente en las gasolinas. Estos eventos internacionales empujan al alzan en todo el mundo y Costa Rica al ser importador de productos finales recibe ese impacto».
RECOPE reacciona
RECOPE reaccionó al anuncio de aumento que realizó la ARESEP por medio de un comunicado de prensa.
¿Por qué Aresep es el culpable del aumento en el precio de los combustibles?
Aresep acaba de informar que aprobó un aumento en la gasolina súper de ₡23, en la gasolina regular de ₡36 y en el diésel de ₡71 por litro.
Desde la semana pasada, en Recope advertimos que la Aresep es la responsable de esos aumentos.
Costo de adquisición de los productos: Una de las variables que la Aresep considera en los ajustes mensuales es el costo que tiene para el país adquirir cada uno de los combustibles a nivel internacional.
Por ejemplo, para el periodo anterior el costo de compra de la gasolina súper fue de ₡419,59 por litro, mientras que para esta nueva fijación tarifaria fue de ₡410,26; es decir, casi ₡10 menos.
Para el caso de la gasolina regular, el costo de compra del periodo pasado fue de ₡386,00 por litro y para esta nueva fijación fue de ₡389,54; es decir, tan solo ₡3,54 de diferencia.
No obstante, pese a lo anterior, Aresep aumentó la gasolina súper en ₡23 y la gasolina regular en ₡36 por litro.
Esto obedece a distorsiones ocasionadas por Aresep (que se explicarán en el siguiente punto), que de no existir, significaría que la gasolina regular hubiera subido levemente y la súper más bien hubiera bajado de precio.
En el caso del diésel, su precio se vio afectado por el aumento de este producto en el mercado internacional, pero también por el actuar de la Aresep. Mientras que la diferencia en su costo de compra del periodo pasado y este fue de ₡49,72 por litro, Aresep aprobó un aumento de ₡71.
¿A qué se debe lo anterior?
Distorsión metodológica – estimaciones y atrasos: La variable que ocasionó el aumento, es una que liquida el valor del inventario con el precio de venta de cada producto.
El problema consiste en que Aresep está estimando diferencias en los precios que no deberían existir, porque el precio ya se fija con base en el costo real de importación.
A esta distorsión, se suma el hecho de que la Intendencia de Energía de Aresep tarda mucho en resolver los estudios tarifarios y eso hace que las diferencias calculadas sean aún mayores.
Recope ha solicitado insistentemente a la Aresep que corrija ambas situaciones; sin embargo, la Aresep no lo ha enmendado.
La normativa vigente establece que la Intendencia de Energía no puede tardar más de 15 días naturales en resolver una fijación extraordinaria, como estas que se realizan mes a mes. Sin embargo, injustificadamente, en esta Administración, esa intendencia ha tardado en promedio 22 días y en uno de los casos llegó a tardar hasta 34 días.
Mes | Fecha de activación | Fecha resolución Aresep | Días trascurridos |
jun-22 | 10-jun-22 | 1-jul-22 | 21 |
jul-22 | 8-jul-22 | 1-ago-22 | 24 |
ago-22 | 12-ago-22 | 31-ago-22 | 19 |
sep-22 | 9-sep-22 | 30-sep-22 | 21 |
oct-22 | 14-oct-22 | 7-nov-22 | 24 |
nov-22 | 11-nov-22 | 6-dic-22 | 25 |
dic-22 | 10-dic-22 | 13-ene-23 | 34 |
ene-23 | 13-ene-23 | 2-feb-23 | 20 |
feb-23 | 10-feb-23 | 3-mar-23 | 21 |
mar-23 | 10-mar-23 | 30-mar-23 | 20 |
abr-23 | 14-abr-23 | 5-may-23 | 21 |
may-23 | 12-may-23 | 2-jun-23 | 21 |
jun-23 | 9-jun-23 | 29-jun-23 | 20 |
jul-23 | 14-jul-23 | 4-ago-23 | 21 |
ago-23 | 11-ago-23 | 1-set-23 | 21 |
Promedio | 22 |
Decreto N°29732-MP. Reglamento a la ley de Aresep. Artículo 43.-Dictado de resoluciones de carácter tarifario. Las resoluciones relativas a fijaciones ordinarias de precios, tarifas y tasas deberán dictarse dentro del plazo que ordena la ley y las extraordinarias, dentro de los quince días naturales siguientes a la iniciación del trámite de estas fijaciones. (…)” |
RE-0024-JD-2022. Metodología tarifaria. “(…) Las fijaciones extraordinarias se activarán los segundos viernes de cada mes, con excepción de las fijaciones extraordinarias de impuesto único a los combustibles.” |
Estas dos distorsiones que ocasiona Aresep (estimación de diferencias y atrasos al resolver) son muy significativas. En el último año, el impacto económico de esta situación ha significado más de ₡50.000 millones, que terminan afectando las tarifas.
Según indicó Juan Manuel Quesada, presidente de Recope, “si Aresep ya hubiera corregido esos problemas, no tendríamos esa distorsión en los precios a nivel nacional y no tendría que cargarse a los consumidores en esta ocasión más de ₡4.000 millones en el precio de los combustibles”.
Quesada señaló que “incluso, esta es una de las razones por la cual a veces vemos que el precio internacional va en una dirección y aquí en Costa Rica más bien va por otra”.