Aprobadas penas de cárcel para préstamos “gota a gota”

En segundo debate

Este martes, la Asamblea  Legislativa aprobó en forma unánime en segundo debate, el expediente 23.575, que sanciona con penas de cárcel el delito de los “préstamos gota a gota”.

Aprobadas penas de cárcel para préstamos “gota a gota”

La reforma al Código Penal agrega al artículo 214 bis, específicamente el delito de “extorsión cobratoria”.


Penas
de entre 4 y 8 años de cárcel

-Para quien utilice amenazas o intimidación de forma personal, mediante terceros o por cualquier medio de comunicación, con el fin de obligar a un deudor o sus familiares al pago del préstamo que le fue otorgado.

Penas de 5 a 10 años:
1- Cuando las amenazas o intimidación vayan dirigidas a una persona menor de edad, un adulto mayor o cualquier persona en condición de vulnerabilidad.

2- También será agravante si el hecho lo cometen dos o más personas, si media agresión física o psicológica a la víctima, si incluye el uso de un arma o si genera daños a la propiedad.

3- La pena subirá a entre 8 y 15 años de cárcel en el caso de que los hechos imputados califiquen como delincuencia organizada.

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