Aduanas aplica modificación de arancel al arroz
El Servicio Nacional de Aduanas, en acatamiento a la sentencia N°219-2024 del 04 de junio 2024, del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, desde este miércoles 05 de junio, modificó en el Sistema TICA, los Derechos Arancelarios de Importación (DAI) para el arroz en granza y arroz pilado.
Aduanas aplica modificación de arancel al arroz
Los aranceles ajustados en el Sistema TICA a partir de hoy, son los siguientes:
Inciso Arancelario | Descripción | DAI % |
1006.10.90.00.10 | Dentro de contingente con Estados Unidos | 3.5% |
1006.10.90.00.90 | Los demás | 3.5% |
1006.30.90.00.12 | Arroz del tipo jazmín, basmati, negro, arborio o similares | 4% |
1006.30.90.00.19 | Los demás | 4% |
1006.30.90.00.94 | Arroz del tipo jazmín, basmati, negro, arborio o similares | 4% |
1006.30.90.00.99 | Los demás | 4% |
Nota: Descripciones consignadas en el Sistema armonizado de designación y codificación de mercancías.
Lo anterior, de acuerdo con el porcentaje del arancel establecido en el Decreto Ejecutivo No. 43642-MAG-MEIC-COMEX, publicado en el Alcance No.172 a la Gaceta No.153 del 12 de agosto de 2022.
Esta modificación no afecta la aplicación del gravamen del 1% establecido en la Ley No.6946, del 13 de enero de 1984.