A consulta Proyecto de Empleo Público
A varias instituciones
Los diputados terminaron de conocer las mociones de reiteración vía artículo 138 del proyecto 21.336 Ley Marco de Empleo Público. Ahora los legisladores enviarán la propuesta a varias instituciones por 8 días hábiles para que emitan sus opiniones sobre el texto final.
Luego de una amplia discusión, tanto en la Comisión de Gobierno y Administración como en el Plenario Legislativo, donde esta propuesta acaparó la agenda de los diputados por más de 3 semanas, la iniciativa entra en una nueva etapa donde se conocerán las mociones de revisión que se han presentado hasta el momento.
En detalle, los diputados aprobaron durante la discusión de las mociones de reiteración 20 enmiendas. Se trata de las mociones #340, #25, #27, #30, #42, #204, #207, #215, #219, #223, #227, #279, #285, #293, #294, #342, #345, #347, #348 y #352.
El proyecto deberá ser publicado en el diario oficial la gaceta, para luego poder ser votado en primer y segundo debate, así lo explicó la diputada liberacionista Yorleny León.
Esta propuesta de ley, que fue presentada por el Gobierno el 8 de abril del 2019, introduce una serie de cambios, pero principalmente ordena las remuneraciones que reciben los funcionarios del Estado.
Rector de empleo público
La iniciativa ratifica que el rector del empleo público es el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) tal y como se había establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
En cuanto al Servicio Civil, esta institución dependerá del MIDEPLAN y será el aparato operativo del empleo público.
Autonomía Universitaria y del Poder Judicial
El tema del respeto a la autonomía de las universidades estatales y del Poder Judicial también generó polémica durante la discusión de esta iniciativa.
La diputada Yorleny León del Partido Liberación Nacional, explicó que con la moción 80 que se votó la semana anterior sobre este proyecto quedó totalmente claro que estas instituciones quedan dentro del proyecto con el fin de eliminar abusos y diferencias salariales que se dan con otras entidades. La legisladora afirmó que esta modificación se hizo con el fin de ir saneando las deterioradas finanzas públicas que tiene el país.
La congresista León añadió que las empresas en competencia son las únicas que quedaron excluidas de la aplicación de la nueva normativa.
Para el legislador del PIN, Walter Muñoz el incluir a las Municipalidades, a las Universidades del Estado y al Poder Judicial representa una clara violación de la autonomía de esas instituciones contemplada en varios artículos de la Constitución Política.
Salario Global, pluses y evaluación del desempeño
Este proyecto introduce los despidos a personas que hayan tenido en sus evaluaciones del desempeño dos notas inferiores al 70, ellos serían removidos de sus cargos sin responsabilidad patronal.
En cuanto a los pluses salariales como las anualidades, éstas quedan congeladas y el salario global sólo se aplicaría al personal nuevo que ingrese a trabajar al sector público. Los funcionarios que estén bajo la modalidad de salario compuesto podrían pasarse a esta modalidad sólo si su salario actual es igual.
El diputado Víctor Morales insistió que con la aprobación del salario global a ningún trabajador se le va a rebajar su salario.
Pablo Heriberto Abarca, manifestó sobre el salario global que tiene dudas, y que este tema le podría generar litigios costosos al Estado, esto debido a que habría una disparidad salarial entre los nuevos funcionarios y los actuales, sobre todo, si estos últimos ganan menos que los de nuevo ingreso.
Creación de 8 familias
Se establece en primer término que solo existirá un régimen general de empleo público que agrupa a los funcionarios públicos en 8 familias bien delimitadas.
Este es, en detalle, el nuevo ordenamiento que regirían a partir de la aprobación de la propuesta de Ley.
a) Personas servidoras publicas bajo el ámbito de aplicación del título I y del título IV del Estatuto de Servicio Civil
b) Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones en ciencias de la salud.
c) Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones policiales.
d) Personas docentes contempladas en el Estatuto del Servicio Civil del Título II y el Título IV.
e) Personas docentes y académicas de la educación técnica y superior.
f) Personas que administran justicia y los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones.
g) Personas servidoras públicas que se desempeñan en funciones del Servicio Exterior.
h) Personas servidoras públicas que se desempeñan en cargos de confianza.
Convenciones colectivas
Las negociaciones sobre convenciones colectivas no podrán incluir nuevas erogaciones para el Estado, como la creación de nuevos pluses salariales.
A partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa, los jerarcas de las entidades públicas están obligados a denunciar las convenciones colectivas a su vencimiento.
Derecho al Olvido
La nueva legislación establece una figura novedosa denominada “Derecho al Olvido” la cual establece que el una vez vencido el plazo de inhabilitación de un funcionario público su caso será eliminado de la plataforma integrada de Empleo Público. Este caso no se podrá ni consultar ni usar en el futuro como antecedente para no contratar al funcionario.
Objeción de conciencia
La objeción de conciencia que quedó delimitada dentro del proyecto permitirá a los funcionarios públicos rechazar cualquier capacitación que considere chocante con sus convicciones religiosas, morales o éticas.
Licencias
Las licencias que tendrán los funcionarios públicos también quedaron bien delimitadas en esta legislación.
En primer término, una novedosa propuesta que permitirá que los trabajadores de este sector que tengan un hijo biológico o en adopción puedan gozar de una licencia de paternidad de un mes.
Esta propuesta establece que dicho permiso correrá un día después del nacimiento o adopción de un menor de edad.
Otra de las licencias establecidas es la que le otorga un permiso remunerado, con una reducción de la jornada de hasta un tercio, para que se puedan dedicar a cuidar a un familiar por consanguinidad o afinidad hasta en segundo grado, con discapacidad o por razones de enfermedad terminal o accidente. Dicho permiso será de hasta un año.
Por último, en este tema también se permitirá a las madres extender por dos meses adicionales la licencia remunerada por maternidad.
Dicha licencia sería extendida en caso de:
1- El nacimiento prematuro de un hijo previo a las 37 semanas de gestación.
2- El nacimiento de un menor que tenga alguna discapacidad.
3- El nacimiento de un hijo con una enfermedad crónica.
4- O en caso de un parto múltiple.
Préstamo FMI
Este proyecto es parte de las iniciativas que el Gobierno asegura son necesarias para que el Fondo Monetario Internacional (FMI) le preste al país $1.750 millones.
Según el Poder Ejecutivo, esta propuesta debería estar aprobada antes del mes de junio, cuando el FMI visite el país para continuar avanzando con las negociones relacionadas a la adquisición de este crédito.
La nueva normativa sobre empleo público entrará a regir un año después de aprobada la legislación.